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Judicial

Corte Constitucional ordenó reconocer la pensión familiar en el régimen de prima media

El tribunal dio un ultimátum de dos meses al Mintrabajo para adaptar la regulación; la decisión se dio tras el estudio de una tutela

19 de agosto de 2021

Cristian Acosta Argote

cacosta@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

La Corte Constitucional dio un ultimátum de dos meses al Ministerio de Trabajo para expedir una regulación en la que se reconozca la pensión familiar en el régimen de prima media, el cual está basado en la metodología IV del Sisbén.

La orden se dio luego de evaluar una tutela de una pareja de esposos adultos mayores que pidieron el reconocimiento de la pensión ante Colpensiones, pues no tenían el número de semanas cotizadas para acceder a la pensión de vejez de manera individual.

"La administradora de pensiones negó la solicitud, puesto que no estaban dentro de los rangos de Sisbén III que establece como puntaje máximo 43,63, mientras que ellos estaban registrados con 43,84, según lo contemplado en la Resolución No. 1708 de 2014 del Ministerio del Trabajo" dice la sentencia de la Corte.

La Sala Sexta e la Corte, con ponencia de Gloria Stella Ortiz Delgado, afirmó que "es imposible" que Colpensiones haga un estudio de la solicitud, pues la regulación que aplica la entidad, expedida por el Ministerio de Trabajo, no está relacionada con la metodología actual del Sisbén.

“Esta situación genera un impacto directo sobre los derechos a la seguridad social y al debido proceso administrativo de los peticionarios. Lo anterior, por cuanto no les permite que su pretensión pensional sea analizada bajo un marco regulatorio que concuerde con su actual clasificación en el SISBÉN y con su situación socioeconómica presente”, indica el fallo.

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