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Judicial

Corte recibió una denuncia por irregularidades en investigación de la campaña Petro

La denuncia que de presentó expone presuntas irregularidades en la investigación sobre la campaña presidencial de Gustavo Petro

29 de octubre de 2024

Sofía Alexandra Duarte Torres

sduarte@larepublica.com.co

Gustavo Petro, presidente de la República.
Colprensa
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La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia recibió en las últimas horas una denuncia de 78 páginas que, según se informó, involucra al presidente de la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes, Leonardo de Jesús Gallego, y a los congresistas Alirio Uribe, Wilmer Ramiro y Gloria Arizabaleta.

La denuncia expone presuntas irregularidades en la investigación sobre la campaña presidencial de Gustavo Petro, tema que ha generado debate sobre las competencias del Consejo Nacional Electoral, CNE, en este ámbito.

El documento fue presentado por José Manuel Abuchaibe Escolar y sostiene que los representantes a la Cámara han tratado el caso como un asunto penal, cuando, según indica la denuncia, debería encuadrarse en un juicio político por "indignidad".

Esta expone además que existen pruebas sobre la violación de topes electorales, diferenciando este aspecto de la investigación sobre la financiación de campañas con fuentes prohibidas, que correspondería a un proceso penal.

Por otro lado, se puntualiza en el documento que según el Consejo de Estado, el CNE tiene la competencia para investigar la financiación de campañas electorales, pero que al final la Comisión de Acusación es la única corporación que puede destituir al presidente.

También se citó en el documento el artículo 109 de la Constitución, que establece que la violación de los límites de financiación puede conllevar la pérdida de investidura, razón por la cual no se mencionan hechos penales en contra del presidente Petro, sino que se busca establecer si hubo violaciones a la normativa electoral.

Se puntualizó también que si se comprueba la violación de los topes de financiación, esto no constituiría un delito, sino que podría llevar a una acusación de "indignidad por mala conducta", esto según la Corte Constitucional.

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