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Judicial

¿Cuáles son los límites que deben tener los comediantes para no incurrir en delitos?

La sanción por injuria podría alcanzar hasta los 54 meses de prisión, sumado a una multa que va desde 13 hasta 1.500 salarios mínimos

18 de octubre de 2022

Santiago Diaz Gamboa

sdiaz@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

Recientemente, los humoristas Camilo Pardo y Camilo Sánchez, quienes tienen un canal de comedia en el cual presentan noticias del día a día de una forma satírica, están en el ojo de la opinión pública por cuenta de una denuncia en su contra interpuesta por la ONG Human Rights International.

Durante una de sus presentaciones, ambos comediantes hicieron referencia al caso de Isabella Montoya, quien murió atropellada por un vehículo tras un forcejeo en un intento de asalto, e incluyeron su caso en una de sus rutinas. Este caso abre la puerta para preguntarse: ¿cuáles son los límites que deben tener los humoristas frente a sus chistes?

“Esto no es la primera vez que ocurre. Hay una tendencia para judicializar y en muchos casos puede rayar con la censura. Claro que los comediantes deben tener unos límites muy claros para no incurrir en la violencia, agresión o discriminación, o que, por supuesto, no se utilicen menores de edad en sus contenidos. Esos son los límites que se deberían tener en cuenta, más allá de esto no hay mucho más”, explicó Francisco Bernate, abogado experto en Derecho Penal.

Aunque la denuncia en contra de los comediantes es por injuria, Bernate explicó que podrían también ser denunciados por hostigamiento, lo cual podría ser objeto de una investigación formal desde la Fiscalía General de la Nación y determinar “hasta qué punto ellos realmente atacaron verbalmente a otras personas con el objetivo de hacerles daño”.

El delito de injuria, que enfrentan los comediantes, tendría un proceso similar, pues se deberá determinar mediante una investigación el proceder de los humoristas. Por lo general, al hablar de injuria, es probable que pueda presentarse el recurso de rectificación, en caso de que se presente una conciliación. Si la conciliación no es un mecanismo efectivo, quienes incurran en el delito de injuria podrían enfrentar una sanción carcelaria desde 16 hasta 54 meses de prisión y una multa que asciende de 13 a 1.500 salarios mínimos, según dicta el Código Penal.

Cabe recordar que esta pena podría contar con varios agravantes, pues en caso de que esta conducta se cometiere utilizando medios de comunicación u otro medio de divulgación colectiva, la condena podría aumentar desde una sexta parte hasta la mitad.

Volviendo al caso de los humoristas implicados en el reciente caso, la situación podría ir más allá de las denuncias ya que la familia de Montoya también está decidida a interponer recursos legales.
Human Rights International, mediante su abogado, Carlos Alberto Arcila, argumentó que los comediantes “no pueden jugar con el drama humano. No pueden revictimizar a las víctimas con esta situación tan terrible que le sucedió a la joven por defenderse de un hurto”, y señaló que irán hasta las últimas instancias.

Por su parte, ambos humoristas dijeron no estar preocupados por los recursos que puedan interponer en su contra, pues argumentaron que de no ser por su caso, la ONG no se habría preocupado por el bienestar de la familia.

Así las cosas, el procedimiento queda en manos de la Fiscalía General de la Nación para abrir una investigación o la intención de las partes para conciliar.

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