22 de diciembre de 2024
Suscribirse


22 de diciembre de 2024
Suscribirse
Judicial

Derecho al olvido, una regulación que aún está a espera de resolverse

Colombia tiene mucho camino por recorrer: lo que se asemeja es la ley 266 de 2008, sobre Habeas Data

11 de febrero de 2020

Ana María Sánchez

amsanchez@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

Entrar al mundo digital es algo que la población de todas las edades ha hecho en algún momento de su vida, ingresar a las redes sociales, buscar algo en internet, o simplemente dejar datos personales o información pública para otros.

Y aunque a los ojos de muchos esto resulta ser una actividad sencilla que no implica riesgos, en algunos casos, la información personal pública puede ser un arma de doble filo por lo que retirar la información de internet es el mejor camino cuando se enfrenta a situaciones como difamación o mal uso del nombre.

A nivel mundial, lo legislativo que engloba a este tema es conocido como el derecho al olvido, del cual Colombia aún tiene mucho camino por recorrer, y lo que se asemeja es la ley 266 de 2008, sobre Habeas data. Según Édgar Iván León Robayo, socio de KMJ Legal3, “en Colombia no existe como tal una regulación en materia legal del derecho al olvido, en otros países si es considerado como un derecho fundamental de las personas, el cual va a permitir retirar de internet toda base de datos o información que vulnera derechos de autor o información que no es real”.

LOS CONTRASTES

  • Juan Manuel CharryAbogado Constitucionalista

    “Una tutela podría ser el mecanismo idóneo para resolver un mal manejo de información por las redes sociales o motores de búsqueda. Esto podría relacionarse con casos de bullying ya que viola la intimidad”.

Sin embargo, hace algunos años se conoció en el país el caso de una persona que luego de cumplir una sentencia por haber cometido un delito pidió, por medio de una tutela, que toda información sobre él fuera borrada de todos los motores de búsqueda, esto en aras de cumplir con su resocialización, la Corte Constitucional falló a su favor soportándose en el derecho al buen nombre, el cual fue restablecido por medio del cumplimiento al derecho al olvido en la red.

Este caso hizo que se abriera el debate entorno al tema, “de ahí partió todo, seguro hay más casos, pero a partir de esta tutela, en Colombia se empezó a hablar y tratar de regular vía jurisprudencial con el derecho al olvido”, aseguró Guillermo Cáez, socio de Cáez Muñoz Mejía Abogados.

Y es que lo que hasta ahora ha adelantado Colombia en este tema es un desarrollo de carácter jurisprudencial, a través de jueces de tutela, y de quienes han apelado al derecho de su buen nombre y del olvido en la red, sobre todo. Hasta el momento lo establecido son unos mecanismos que permiten evitar que las personas del común lleguen a información que puede ser sensible. Sin embargo, lo que los expertos consultados afirman es que esto no quiere decir que esta información se haya retirado de la web, y lo que sigue en debate es la información a la cual tienen derecho las personas. Y a pesar de que el tema aún no se regula por completo en Colombia, ya existen empresas que prometen ganar casos sobre ello “el mecanismo que utilizan estas empresas es la tutela, ya que no hay regulación” afirmó Robayo.

¿Quiere publicar su edicto en línea?

Solo envíe su Edicto o Aviso de Ley, y recibirá la información para su publicación
Comprar ahora
Contáctenos vía WhatsApp

ÚLTIMA EDICIÓN IMPRESA