La Corte negó tutela para que Epa Colombia criara a su hija en medio de su condena
Corte negó tutela a favor de Daneidy Barrera Rojas, en la que
25 de abril de 2025
Corte Suprema de Justicia negó acción de tutela que la defensa de Daneidy Barrera Rojas, más conocida como 'Epa Colombia', presentó ante el alto tribunal para que, teniendo en cuenta que esta es madre cabeza de familia, le concedieran una serie de beneficios dentro del establecimiento penal.
En el fallo emitido por la Sala Civil de la Corte Suprema, el órgano declaró como improcedente la solicitud presentada por el abogado debido a que "Daneidy Barrera, progenitora de la menor agenciada, no se acogió al programa de desarrollo infantil en establecimientos de reclusión conforme a la guía operativa del ICBF".
En la petición presentada por la defensa de Barrera Rojas, esta solicitó que le permitieran el contacto permanente con su bebé de un año, y otra serie de beneficios, con los cuales la condenada pudiera participar activamente del proceso de crianza de su hija mientras cumplía su condena.
"Se solicita el derecho de la menor a permanecer junto a su madre, permitiendo su permanencia en un establecimiento carcelario con condiciones adecuadas para la crianza y lactancia materna, conforme a la normativa vigente en materia de derechos de los niños", señaló la defensa en la tutela.
Aún así, el alto tribunal mantuvo la negativa al respecto debido a que, además de los delitos por daño en bien ajeno agravado y la perturbación en servicio de transporte público colectivo u oficial, la creadora de contenido también fue condenada por el delito de instigación a delinquir con fines terroristas, el cual, según la normativa, imposibilita la opción de que le puedan conceder algún subrogado penal o beneficio dentro de su condena.
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