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Judicial

El Tribunal Superior anuló la imputación contra exconcejal Felipe Ríos por corrupción

El Tribunal también dijo que esta decisión no afecta la imputación realizada por la Fiscalía en contra de los empresarios Ríos Velilla

29 de junio de 2023

Alejandra Rico Muñoz


Felipe Ríos
Colprensa
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El Tribunal Superior de Bogotá anuló la imputación que había hecho la fiscal Angélica Monsalve por el delito de violación al régimen legal de inhabilidades contra el exconcejal de Bogotá Felipe Ríos.

Ríos es investigado por un millonario contrato que se adjudicó en agosto de 2011 y relacionaba el recaudo de los pasajes de transporte público en Bogotá. La entidad explicó que su decisión está basada en que la Fiscalía no fue clara en explicar cómo pudo haber incidido el exconcejal en la adjudicación de dicho contrato. Por lo tanto, el ente de control tendrá que repetir la imputación de cargos.

“Una afectación de esta índole resulta insubsanable y no es convalidable, en estas condiciones, por lo que, no queda solución distinta que la anulación del procedimiento”, aseguró el Tribunal Superior de Bogotá.

El Tribunal también aseguró que esta decisión no afecta la imputación realizada por la Fiscalía en contra de los empresarios Javier Ríos Velilla y Carlos Ríos Velilla. “De ahí que, sea necesario declarar la ruptura de la unidad procesal, para que la actuación en contra de estas personas siga su curso normal”, dice la decisión.

Esta investigación inició por un acuerdo que tenía el objetivo "realizar el diseño, suministro, implementación y mantenimiento del sistema de recaudo de información del servicio al usuario del transporte público de Bogotá". Las partes de este contaron era entre Transmilenio y Recaudo Bogotá. Cabe resaltar que Javier Ríos Velilla y Carlos Ríos Velilla hacen parte de la última entidad.

El ente acusador aseguró que el exconcejal Felipe Ríos debía dejar claro que su parentesco, pues es sobrino de los hermanos Ríos Velilla en cuarto grado de consanguinidad y esta relación no les permitía avanzar con el objeto de contrato ni tampoco postularse para la adjudicación del mismo.

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