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Comercio

Establecimientos comerciales no podrán abusar de la recolección de datos personales según SIC

Las instrucciones son de inmediata ejecución y su incumplimiento podría generar sanciones administrativas y denuncias en la entidad

18 de agosto de 2020

Jonathan Toro


Canal de noticias de Asuntos Legales

La recolección de datos personales ha sido tema de gran interés en los últimos días. La crisis generada por el covid-19 ha obligado a que muchos sectores, entre esos el comercio, se vean obligados a realizar aceleradas tomas de datos personales con el objetivo de mantener el monitoreo de las condiciones de salud de los ciudadana.

La Superintendencia de Industria y Comercio en su rol de autoridad de protección emitió una circular, de obligatorio cumplimiento, para regular el uso y la recolección de datos personales por parte de los establecimientos de comercio en el marco de la contingencia nacional. Según la SIC los establecimientos de comercio están obligados a cumplir con las normas vigentes en materia de protección de datos y otorgar al ciudadano la información respectiva a dicha recolección.

Dentro de los elementos que la SIC regulara están: la utilización de medios adecuados para la recolección de los datos personales, informar sobre la finalidad especifica de los datos recolectados y la recolección justa de los datos solicitados por el Ministerio de salud y Protección Social.

Ademas los establecimientos de comercio deberán informar al ciudadano la norma especifica para la recolección de datos, implementar medidas técnicas y humanas que prevengan la adulteración, pérdida, consulta o acceso no autorizado a la información; de la misma manera deberán informar al ciudadano sobre la política de tratamiento de datos (TTI), limitar la temporalidad de los datos recolectados y garantizar la seguridad y privacidad de los datos sensibles.

La Superintendencia aclaró que el cumplimiento de las normas sanitaria impuestas por el Ministerio de Salud no exonera a los establecimientos de comercio del cumplimiento de las normas que garantizan el derecho fundamental a la protección de datos.

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