Estado debe reparar a las víctimas incluso si los hechos ocurrieron hace 20 años
El Consejo de Estado señaló que el paso del tiempo es causa para evadir la responsabilidad y ser garante de los derechos humanos.
25 de agosto de 2019Corría el año 1997 cuando un grupo de hombres armados identificados como miembros de la Fiscalía ingresaron a las viviendas de Humberto, César y Alirio Blandón Posada, ubicadas en el municipio de La Pintada (Antioquia).
El grupo armado le señaló a los hermanos que estaban adelantando un operativo por el hurto de algunos vehículos en la zona, sin embargo, lo que dice el documento, es que estos en realidad pretendían inmovilizar a los Blandón Posada para llevárselos en el vehículo en el que se transportaban.
Lograron su cometido, los llevaron consigo, y horas más tarde hallaron a César muerto en la carretera del municipio con señales de tortura y múltiples impactos de arma de fuego. De manera similar, murió Humberto quien fue hallado a la orilla del río Cauca.
Por la muerte de los hombres, su hermano Marco Aurelio Blandón acudió a la estación de policía más cercana para narrar los hechos e indicar que su vida y la de su familia corrían peligro, sin embargo, no se les brindó la ayuda ni la protección solicitada.
Por esto, Marco Aurelio y su familia se vieron obligados a desplazarse a Tuluá (Valle del Cauca), sin embargo, allí tampoco corrieron con suerte, en 1998 por seguridad, se desplazaron a Pereira.
Fue tanta la persecución que tuvo la familia que en el mismo año, algunos miembros se trasladaron a Riosucio (Caldas), otros más se movilizaron hacia Barranquilla y otros decidieron regresar a la Pintada (Antioquia).
La familia Blandón Posada presentó acciones legales declarando los hechos ocurridos ante la Fiscalía, sin embargo, decidieron no continuar con este trámite por la presunta falta de garantías en su protección.
Y así, sin llegar ante las autoridades judiciales pasaron más de 20 años para presentar una demanda por los hechos ocurridos.
La acción legal fue interpuesta ante la Sala Quinta del Tribunal Administrativo de Antioquia y éste la rechazó por caducidad, en su providencia, explicó que tienen hasta dos años después de ocurrido el hecho para revisar la demanda.
La familia Blandón apeló la decisión y esta llegó al Consejo de Estado quien les dio un espaldarazo. Le ordenó al Tribunal conocer la demanda dado que “no resulta aceptable que el Estado como garante de los derechos humanos y las libertades fundamentales, pueda por el paso del tiempo evadir la responsabilidad que le corresponde ante crímenes de tal magnitud”.
Para el alto tribunal, resulta “paradójico que, por un lado, se acepte la imprescriptibilidad de la acción judicial en materia penal y, por otro lado, se niegue la posibilidad de acudir a la reparación directa en la jurisdicción administrativa, dado que en el sistema jurídico deben prevalecer los principios de coherencia, integración y plenitud normativa”.
Así las cosas, la familia Blandón Posada en los próximos días deberá conocer la decisión del Tribunal de Antioquia.
¿Quiere publicar su edicto en línea?
Contáctenos vía WhatsApp