Fondo Nacional de Prestaciones Sociales es obligado a entregar pensión a parejas del mismo sexo
Las parejas del mismo sexo tendrán acceso a la pensión de sobreviviente que deje su cónyugue fallecido, según el Consejo de Estado
21 de agosto de 2020Luego de que el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio le negara el acceso a la pensión de sobreviviente a un ciudadano por tener una pareja fallecida de su mismo sexo; el Consejo de Estado dejó sin efecto esta determinación luego de considerar que “no existía razón jurídicamente válida para considerar que las parejas del mismo sexo no tenían derecho a la pensión de sobreviviente”.
En consecuencia el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio interpuso un recurso de apelación ante la corporación, aduciendo que, reconocer la protección a favor de parejas del mismo sexo representaría para el Fondo un desequilibrio.
Por su parte el ciudadano accionante definió las acciones del Fondo Nacional como “un acto discriminatorio, que además desconoce principios de la Carta Interamericana de Derechos Humanos”.
Sin embargo, el Tribunal Administrativo se sostuvo en la decisión y ordenó al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales pagar los meses adeudados al ciudadano y establecer, en un periodo de 30 días, programas de capacitación sobre diversidad sexual y derechos LGBTI, para todos sus empleados.
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