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Actualidad

“La Corte cumplió con las expectativas”: Germán Calderón

09 de mayo de 2013

Colprensa


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El tope máximo para las pensiones para congresistas, magistrados y otros servidores públicos no podrá superar los 25 salarios mínimos legales vigentes, según determinó la Corte Constitucional.

Y aquellos que recibían esas pensiones desde 1994, empezarán a recibir máximo $14.600.000 desde el primero de julio de 2013.

En entrevista con Colprensa, Germán Calderón España, constitucionalista de 41 años, encargado de presentar la demanda por inconstitucionalidad, señala que “la Corte ha proferido un fallo que marca un hito y pone freno a una desobediencia judicial en torno a un régimen de pensiones que afectaba a la estructura presupuestal y a los ciudadanos de este país”.

¿Cómo recibe la determinación de la Corte?
Con regocijo en la medida que la Corte ha cumplido con las expectativas de todos los colombianos tenían en ese fallo, que es trascendental e histórico porque va más allá de lo que se esperaba de unos efectos retroactivos. Va con efectos retrospectivos en forma universal y, a partir de 1994, se empieza a consolidar una política especial frente a la problemática de la bomba pensional que la Contralora General ha señalado.

¿Fue valiente la Corte?
La preocupación que tenían los colombianos era si la Corte tenía esa personalidad, como ya la había tenido en otras ocasiones, como ha sido reivindicado a través de los estamentos internacionales y nacionales, de que es una Corte de lujo. Así lo ha plasmado en el fallo.

¿Qué quiere decir con que es un “fallo retrospectivo”?
El retroactivo es el efecto particular y concreto que se le puede dar jurídicamente a un caso. Un efecto retrospectivo es un efecto universal, que no tiene condicionamientos particulares, sino que es general.

¿Cómo podemos explicar las implicaciones de la decisión en términos sencillos?
Primero, se erradica el régimen especial de magistrados y de congresistas. Segundo, se hace extensivo este fallo para pensiones que hayan sido otorgados a otros servidores de la rama legislativa y judicial. Es decir, no hay ningún servidor público que pueda ostentar una pensión de más de 25 salarios mínimos, salvo el Presidente de la República y los miembros de la Fuerza Pública.

¿Y qué pasa con las pensiones que reciben los excongresistas actualmente?
La Corte ha asumido que las pensiones que fueron obtenidas bajo el régimen de transición, fueron decretadas y liquidadas conforme al principio de la buena fe y por ello no ha solicitado que se reintegre el dinero, pero sí ha solicitado que se reajuste.

La Corte en su majestad interpretativa y en su función de guardia de la Constitución, ha considerado que no se había respetado la proscripción, la erradicación de ese régimen de pensiones. Por eso, lo que está afectando no son derechos adquiridos, sino situaciones jurídicas que se venían interpretando erróneamente por parte de los jueces de tutela y los jueces contenciosos administrativos. Por eso solicita el reajuste.

¿Esta determinación tendrá que ser tenida en cuenta en la justicia contenciosa administrativa, que es a donde se acude cuando por ejemplo un ciudadano busca una reliquidación de su pensión?
Sí, es un fallo de obligatorio cumplimiento, con fuerza vinculante, que tendrá que ser tenido en cuenta no solo por los jueces de la República, cuando ejercen su función constitucional a través de la vía de tutela, sino por el contencioso administrativo, magistrados y jueces.

¿Podría ocasionarse allí un ‘choque de trenes’ entre la Corte Constitucional y el Consejo de Estado que ha otorgado en el pasado esas reliquidaciones?
En mi concepto no es un choque de trenes sino el reordenamiento de una línea jurisprudencial, de una conceptualización. Podemos decir que los fallos que se han proferido son producto de situaciones que no han debido tenerse en cuenta como viáticos, pasajes y demás cosas suntuosas que hicieron que esas pensiones se elevaran hasta 31 millones de pesos.

¿Reducir las pensiones de los congresistas es un paso para reducir la desigualdad?
Sí. Se trata de medidas tendientes a mejorar la situación financiera del país, pues todas estas circunstancias se han dado por privilegios que se les han otorgado a las clases que más tienen.

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