Las normas impuestas sobre el retiro de notarios de 65 años son legitimas y legales
Según el Consejo de Estado el Gobierno Nacional actuó dentro de sus competencias al dictar las medidas que regulan la edad de retiro
29 de julio de 2020Según el Consejo de Estado, encabezado por Álvaro Námen, las medidas dictadas por el Ministerio de Justicia sobre la edad de retiro forzoso para los notarios que tengan 65 años es legal y está dentro de las competencias de dicha Corporación. La medida no pretende inhabilitar o impedir el ejercicio del oficio notarial al cumplir esta edad, sino dar cabida a las nuevas generaciones.
La norma fue demandada ante el Consejo de Estado por considerar que el Gobierno no tenía competencia para expedirla, pues el asunto es de exclusiva facultad del Congreso. Además el demandante sostuvo que no se podía establecer la edad de retiro forzoso de los notarios a los 65 años como una causal de inhabilidad e incompatibilidad para el ejercicio del cargo, pues no estaba prevista en el Estatuto del Notariado.
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