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Laboral

Los casos en los que una empresas puede utilizar el polígrafo en sus trabajadores

La prueba podría ser utilizada en procesos de selección y ascensos, pero no cuando la compañía adelanta desvinculación de empleados

29 de mayo de 2023

Brayan Xavier Becerra

bbecerra@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

Este fin de semana se desató una polémica luego de que Marelbys Meza, exniñera del hijo de la jefa de Gabinete, Laura Sarabia, denunció que supuestamente fue sometida a una prueba de polígrafo en la Casa de Nariño por el presunto robo de una maletín con dólares en efectivo.

“Yo sentía que me iban a dejar ahí, que no iba a volver a salir. Me hicieron el polígrafo y me dijeron: Usted se puede burlar de ese aparato, pero de nosotros no. Esta noche no va a su casa, de aquí va presa, y le vamos a hacer un allanamiento a todos sus hermanos y a usted”, aseguró Meza en la Revista Semana.

Luego de conocerse las declaraciones, Sarabia dijo a través de su cuenta en Twitter que el procedimiento se hizo amparado en los procedimientos que en estos casos indica la ley. "Mi familia y yo fuimos victimas de un robo. La Fiscalía investiga como responsable a quien dio la versión a Semana. La jefatura de protección presidencial y la Sijín actuaron aplicando los protocolos en el marco de la ley", dijo.

Sobre este procedimiento, cabe señalar que no está prohibido en Colombia, y las empresas pueden someter a sus trabajadores a la prueba del polígrafo con algunos condicionamientos.

El polígrafo es conocido popularmente como un detector de mentiras que mide la reacción fisiológica de la persona sometida a la prueba. Sin embargo, no detecta la mentira como tal, sino los cambios corporales que tiene una persona durante el transcurso de la prueba.

"Es de resaltar que en Colombia no existe una ley en materia laboral que regule o prohíba como tal el uso del polígrafo. Sin embargo, el Ministerio del Trabajo, así como la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia se han pronunciado sobre el uso de polígrafos", aseguró Rafael Abuchaibe, asociado sénior del área laboral de Lloreda Camacho.

El Ministerio de Trabajo confirmó que este procedimiento es válido, siempre y cuando no se utilice como prueba. Por ejemplo, esta puede ser aplicable en procesos de selección, así como en ascensos, pero no en un proceso de desvinculación de empleados.

Hay compañías en las que son comunes las pruebas de polígrafo rutinarias. Se amparan en los exámenes preocupacionales que cobija la ley, pero en ningún caso puede ser obligatorio. La prueba solo puede realizarse bajo autorización expresa del trabajador. Esta autorización debe estar libre de cualquiera de los tres vicios de consentimiento, que se contemplan: fuerza, error y dolo.

"En algunos sectores, tales como vigilancia/seguridad privada, fuerzas militares, entre otros, la prueba del polígrafo es obligatoria para vincular al personal idóneo y no colocar en riesgo la seguridad de clientes o de la misma institución a donde se vincula el personal", agregó Abuchaibe.

En esta misma línea, añadió que "en el sector privado se puede utilizar el polígrafo durante el proceso de contratación cuando el personal que se va a vincular va a desarrollar una actividad confidencial o sensible para el empleador".

Además, el asociado sénior del área laboral de Lloreda Camacho entregó una serie de recomendaciones para las compañías que deseen realizar una prueba de polígrafo:

  • Describir el proceso de uso del polígrafo dentro del reglamento interno de trabajo o política del empleador.
  • Contar con la autorización del trabajador/candidato.
  • Que el trabajador/candidato autorice la recolección y uso de datos personales que se obtendrá de la prueba del polígrafo.
  • Si la prueba del polígrafo la realiza un proveedor externo al empleador, se sugiere suscribir un acuerdo de transmisión y procesamiento de datos personales.

El polígrafo tampoco puede ser utilizado como prueba, lo que implica que el trabajador no puede ser sancionado y mucho menos despedido con base a una prueba de este tipo. "Para sancionar a un trabajador, en caso de que se considere que cometió una falta a sus obligaciones laborales, el empleador deberá contar con otros medios de prueba diferente al polígrafo", finalizó Abuchaibe.

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