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Judicial

Los derechos fundamentales afectados durante las manifestaciones del paro nacional

El derecho a la vida, a la reunión pacífica y a la propiedad, entre los derechos ciudadanos más violentados en medio de las jornadas

26 de mayo de 2021

Cristian Acosta Argote

cacosta@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

La Consejería Presidencial para los Derechos Humanos presentó su décimo informe sobre el seguimiento de los derechos que se han visto afectados durante el paro nacional, el cual está próximo a cumplir un mes desde su inicio. La entidad informó que con corte a 22 de mayo hay un total de siete derechos vulnerados en las jornadas. El reporte reveló que el número de civiles y uniformados lesionados desde el 28 de abril es parecido, pues hay un total de 1.040 y 1.049 casos, respectivamente. Además, se han registrado 101.661 medidas correctivas por violaciones al Código Nacional de Convivencia y Seguridad durante el paro.

Integridad, vida y protestas

El primer grupo de derechos del que habla la Consejería es el de la reunión pacífica, a la vida y a la integridad personal. Hasta hace dos días hubo un total de 4.722 concentraciones y 1.874 marchas, en las cuales se reportaron 42 personas fallecidas. Según Alejandro Mejía, socio de Cáez Muñoz Mejía Abogados, es importante entender que el derecho básico a la manifestación está contenido por el artículo 38 de la Constitución Política, con el que se busca el derecho a la asociación y a la reunión.

“Como es una norma constitucional no tiene una reglamentación y el Estado debe establecer cómo se debe hacer cumplir ese derecho dentro de los límites legales, porque lo importante es que en los Estados de Derecho ningún derecho puede sobrepasar sus límites y afectar a otro”, afirmó.

Precisamente es este punto el que tiene en vilo al país desde el finales de abril, ya que las protestas han devenido en excesos tanto de la Fuerza Pública como de los manifestantes, lo cual ha puesto en aprietos derechos básicos como la vida y la integridad personal.

En ese sentido, el reporte de la Consejería especificó que 15 de los 42 reportes de personas fallecidas están relacionados con las manifestaciones; de ese mismo total, 16 no tienen nada que ver con el paro nacional y 11 están en proceso de verificación. Hasta el momento se conoce, además, que ocho uniformados están hospitalizados.

Libertad y garantías judiciales

Otro de los derechos fundamentales en medio del paro es a la libertad y garantías judiciales. En ese sentido, la Policía está enfrentando 144 investigaciones por presuntas faltas disciplinarias: 68 por abusos de autoridad, 29 por agresiones físicas, 10 por homicidio y dos por acoso sexual. Mejía aseguró que cada caso de presunta extralimitación de poder por parte de la Fuerza Pública debe ser investigado y penalizado.

“Todo debe ser investigado y no deben hacerse condenas apresuradas; hay que llegar al esclarecimiento de hechos como la tortura, violaciones y homicidios. En caso de ser hallados culpables, la responsabilidad no se le debe atribuir solo a la persona que comete el acto, sino a las instituciones y organizaciones que está estructuradas jerárquicamente” afirmó.

Ilegalidad de los bloqueos

Los bloqueos han sido una parte crítica de la crisis social que afronta el país. Para entender mejor el entramado de derechos vulnerados se debe recordar que los bloqueos a las vías principales al país no son legales. El abogado recordó que los manifestantes no solo tienen derechos, sino también deberes básicos. Uno de ellos es no emprender acciones violentas contra personas u objetos.

El segundo a tomar en cuenta es el deber de no paralizar el abastecimiento, la seguridad alimentaria y el derecho de otras personas a la locomoción por las vías del país. La anterior definición se puede cotejar con los datos obtenidos por la Consejería, los bloqueos han impactado más de 3,5 millones de niños cubiertos por el plan de alimentación escolar.

“Lo que no está garantizado por el Estado es el derecho a lucrase de quien puede o no transitar por una vía. El argumento de algunos manifestantes es que los bloqueos no son ilegales porque han habilitado corredores humanitarios en que se permite el paso de ambulancias, pero ellos no representan ninguna autoridad estatal para decidir quien puede pasar y quien no”, dijo Mejía.

LOS CONTRASTES

  • Alejandro Mejía Socio de Cáez Muñoz Mejía Abogados

    “En medio de las manifestaciones, el Estado deberá responder por el daño de la integridad de una persona o sus familiares, como en el caso de una muerte”.

  • Nancy Patricia GutiérrezConsejera Presidencial para los DD.HH.

    “Llevamos ocho días en mesas de trabajo con el Comité Nacional del Paro para garantizar todos los derechos fundamentales, entre ellos el de la manifestación pacífica”.

Una de las últimas noticias que conmocionó al país fue la de un menor de edad que murió en camino en una ambulancia porque no se le permitió el paso para llegar al hospital. Respecto a este caso, Mejía dijo que “con los bloqueos ilegales se genera una situación muy parecida a los linchamientos, porque en estas acciones muchas personas contribuyen con la agresión. Los familiares deben interponer una denuncia penal para que se determine la identificación plena del mayor número de personas responsables, que podrían ser acusadas de homicidio”.

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