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Actualidad

Minsalud definió los procedimientos de trámite y reporte de solicitudes de eutanasia

El documento firmado por el ministro, Fernando Ruiz, presenta también las indicaciones para las organizaciones de salud

10 de julio de 2021

Salomón Asmar Soto

sasmar@larepublica.com.co

Colprensa
Canal de noticias de Asuntos Legales

Mediante la Resolución 971, el Ministerio de Salud estableció el procedimiento de recepción, trámite y reporte de las solicitudes de eutanasia en el país.

El documento firmado por el ministro, Fernando Ruiz, presenta también las indicaciones para las organizaciones y funcionamiento del Comité Científico-interdisciplinarios, para hacer efectivo el "derecho a Morir con dignidad a través de la eutanasia":

Estas orientaciones para la aplicación de la eutanasia están dirigidas al talento humano en salud y personal médico, Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS), las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios (Eapb) y los ciudadanos colombianos y las personas extranjeras domiciliarias en el país.

“Las Instituciones prestadoras de Salud (IPS) que tengan habilitado el servicio de hospitalización de mediana o alta complejidad para hospitalización oncológica, de atención institucional o domiciliaria para paciente crónico, que cuente con protocolos de manejo para el cuidado paliativo, conformarán al interior de cada entidad un comité científico-interdiciplinario para el Derecho a morir con Dignidad a través de la Eutanasia”, subraya el documento.

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