Novamed evita registro de marca DP Doctor Pet
La balanza del caso empezó a inclinarse a favor de Novamed durante la primera instancia, dado que la Dirección de Signos Distintivos respaldó la posición del apelante al momento de interponerse en el registro de la nueva marca, quien alegaba similitudes en su estructura fonética y ortográfica que podrían generar confusión de origen y producto con la marca registrada Dr Pet.
La empresa solicitante al no estar de acuerdo con la negativa, llevó el caso hasta la Delegatura de Propiedad Industrial, donde pretendía desvirtuar la primera decisión y obtener el registro de su marca solicitada; su posición se fundamentó en que las marcas eran completamente diferentes en todo su concepto y naturaleza marcaria, asegurando que el contenido gráfico del signo despejaría toda duda de semejanza que el consumidor tuviese; sin embargo, en el proceso encontró que la SIC respaldaría el primer fallo, declarando fundada la oposición de Novamed y negando el registro.
La especialista en derecho administrativo Gisela Laitón dijo estar de acuerdo con la decisión de la SIC, pues considera que ambas marcas son confundibles en el mercado y más cuando pretenden identificar productos de la misma naturaleza, además señaló que “la propiedad intelectual pretende el respeto al trabajo de creación y consolidación de marca que efectúa una persona natural o jurídica, para captar consumidores y posicionarse, por ello la diferenciación entre marcas debe ser suficiente”.
En su defensa la solicitante aclaró que los términos usados en su signo eran de uso común y que en el mercado existían muchos signos que tenían las mismas expresiones que estaba solicitando; no obstante, según la SIC, al momento de comparar los signos, ambos presentan similitudes que no les permiten coexistir tranquilamente en el mercado, así visualmente ambas marcas presenten diferencias el concepto de la registrada expresa lo mismo que la solicitada.
“En este caso se observa como la Superintendencia de Industria y Comercio decide mantener su decisión de no conceder el registro a la marca Doctor Pet puesto que esta puede llegar a generar una dificultad de identificación, en el sentido que Pet en el idioma inglés hace referencia generalmente a animales domésticos, y no puede ser apropiada por ninguna marca, grupo empresarial o empresa, en ese sentido la similitud fonética puede llegar a generar equívocos entre el público consumidor”, aseguró el investigador en derecho administrativo Camilo Cueto.
La opiniones
Gisela Laitón
Especialista en Derecho Administrativo
“La propiedad intelectual pretende el respeto al trabajo de creación y consolidación de marca, para captar consumidores y posicionarse, por ello la diferenciación de marcas debe ser suficiente”.
Camilo Cueto
Investigador en Derecho Administrativo
“Pet en el idioma inglés hace referencia a animales domésticos, y no puede ser apropiada por ninguna marca o grupo empresarial, en ese sentido la similitud fonética puede causar confusión entre el público”.
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