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Legislación

Qué sigue en el proceso de moción de censura contra la ministra de Minas, Irene Vélez

Una vez se realice la audiencia en la Cámara de Representantes, la votación debe realizarse en los siguientes tres a 10 días

27 de octubre de 2022

Laura Vita Mesa

lvita@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

Con menos de 100 días en el Gobierno, el presidente Gustavo Petro deberá enfrentar el primer debate de moción de censura en el Congreso a una de sus ministras: Irene Vélez, la titular de la cartera de Minas y Energía que ha ocupado varios titulares de prensa por sus declaraciones sobre el futuro de la exploración y explotación petrolera.

La solicitud fue radicada en la Cámara de Representantes con el respaldo de más de 30 congresistas, especialmente de las bancadas del Centro Democrático, partido de oposición, y Cambio Radical, que se declaró en independencia frente a esta administración.

“Citamos a la ministra de Minas, Irene Vélez a moción de censura en la Cámara de Representantes, queremos que le aclare a la plenaria y a los colombianos cuál será la situación de la energía, minería e hidrocarburos en los próximos cuatro años”, dijo el representante Modesto Aguilera, de Cambio Radical.

Por su parte, el uribista Juan Espinel, dijo que la moción se tramita no solo porque, con sus declaraciones, ha puesto en riesgo la economía del país, sino también porque se ha faltado sistemáticamente a las citaciones al Congreso de la República.

El proceso

La moción de censura fue concebida en la Constitución de 1991 con el propósito de limitar el poder presidencial y establecer un control político y rendiciones de cuentas efectivas del legislativo sobre el ejecutivo. Desde su creación, y sin contar la de Irene Vélez, se han realizado 34 citaciones de este tipo, siendo la administración de Iván Duque en la que se registraron más casos.

Para llevar a cabo este proceso, es necesario que al menos 10% de la cámara que cita al debate suscriba la moción. Una vez se fija la fecha y se realiza la audiencia, debe realizarse la votación, entre tres y 10 días después. Esta debe ser aprobada por mayoría.

En ninguno de los casos mencionados se ha censurado a un ministro, es decir, ninguno ha sido removido del cargo por votación de la mayoría en el legislativo, sin embargo, sí se han dado renuncias previas a la votación.
En ese sentido, si bien la figura no ha prosperado, materialmente, en los casos en los que ha forzado la salida del ministro en cuestión, ha funcionado como una figura de sanción política.

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