Rebajan sentencias a involucrados en devoluciones ilegales de IVA
A siete de los sentenciados por el sonado caso del cartel de devolución del IVA les redosificaron la pena a la que fueron condenados
26 de febrero de 2019En un fallo de la sala penal de la Corte Suprema de Justicia, siete de los sentenciados por el sonado caso del cartel de devolución del IVA les redosificaron la pena a la que fueron condenados. La providencia favorece a Juan Carlos Quevedo Lastra, Norma Faride Quevedo Lastra, Sandra Ospina, Ángela María Peña, Hugo Gravini, Carlos Alberto Moreno y Juan Fernando Serna Villa. En síntesis, el fallo los absuelve del delito de enriquecimiento ilícito que en su momento les endilgó la Fiscalía.
Estas personas fueron halladas culpables por estar involucradas en las devoluciones ilegales del IVA que se cobraron desde 2005 hasta 2010, según expuso la Fiscalía. “Varios empresarios dedicados principalmente a la exportación de la chatarra, consolidaron una estrategia y así le quisieron dar viso de legalidad al recobro ilegal del IVA, lo cual se hacía a través de facturas ficticias de compra y venta de chatarra, con el concurso necesario de funcionarios de la Dian, contadores, revisores fiscales, cámaras de comercio y notarías”, dice uno de los apartes del escrito de acusación en su contra.
Detrás de este entramado estaba la exfuncionaria de la Dian, Blahca Jazmín Becerra Segura, que asesoró a los empresarios para tramitar los recobros ante la entidad que se hacían efectivos luego de la devolución de los Tidis (Títulos de Devolución de Impuestos).
Ángela María Peña Duque era la revisora fiscal de la empresa Fundiciones H.E Metalúrgicas, firma que obtuvo $1.805.668.000 por concepto de devolución del IVA. Sandra Ospina, por su parte, laboró como contadora para la empresa de consultoría contable encargada de elaborar los formatos de solicitud de devolución del IVA en los que para tal cometido se consignaron datos falsos y, pese a ello, fueron avalados por ella en su condición de revisora fiscal.
Los hermanos Norma Faride y Juan Carlos Quevedo Lastra, al igual que Carlos Alberto Moreno eran representantes de tres de las empresas reclamantes del IVA. Mientras que Hugo Gravinni y Juan Fernando Serna fungieron como revisores fiscales de dos de estas compañías y como tal avalaron las solicitudes de devolución del impuesto.
Ante el juzgado 18 Penal de Medellín la Fiscalía les imputó los delitos de concierto para delinquir simple, falsedad en documento privado, fraude procesal, peculado por apropiación agravado en calidad de interviniente, enriquecimiento ilícito de particulares y lavado de activos.
Sin embargo, para la Corte no se configuró el delito de enriquecimiento ilícito toda vez que la apropiación de recursos públicos con fines de incrementar el patrimonio de manera ilegal está cobijada bajo la conducta penal de peculado por apropiación.
“En esa medida la sentencia debe casarse y a consecuencia de ello se emite fallo de reemplazo en el que se absuelve por el punible de enriquecimiento ilícito de particulares con el reajuste punitivo respectivo”, dice la providencia del magistrado Fernando Castro Caballero.
Así quedaron las sentencias
Así las cosas, la pena para Juan Carlos Quevedo pasa de 204 meses a 187 y la multa que pagará será de 26.003 salarios mensuales. Su hermana, Norma Faride, ahora deberá purgar una sentencia de 159 meses y pagar 13.792 salarios mensuales como pena pecuniaria.
Sandra Ospina pasó de tener una sentencia de 128 meses de prisión y una multa de 12.222 salarios a una pena de 108 meses de cárcel y deberá pagar 5.556 salarios mensuales.
En el caso de Ángela Peña la responsabilidad penal por la que fue hallada culpable le decretaron una sentencia de 164 meses, es decir una reducción de 27 meses con respecto a la pena que recaía sobre ella. En cuanto a sanción económica, tendrá que pagar 39.144 salarios.
Hugo Gravini purgará 96 meses de prisión, 20 menos que la sentencia anterior, y pagará 650 salarios mensuales. Carlos Alberto Moreno, por su parte, fue sentenciado a 150 meses con una condena por 22.649 salarios.
Finalmente, Juan Fernando Serna, quien había sido procesado únicamente por enriquecimiento ilícito, lo que le valió una sentencia de 96 meses, la Corte ordenó su libertad inmediata ya que no le endilgaron ninguna otra conducta delictiva derivada de este entramado de corrupción.
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