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Judicial

SIC multó con $702 millones a Cifin por información no relacionada a la vida crediticia

La entidad dijo que la leyenda era injustificada y discriminatoria en la naturaleza de su base de datos

13 de julio de 2020

Daniel Rojas Castañeda


Canal de noticias de Asuntos Legales

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) decidió sancionar a la Central de Información Financiera (Cifin), con una multa $702,2 millones por incluir información que no era de carácter financiero en el historial de 288.753 colombianos.

La investigación fue remitida por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, tras la denuncia de un ciudadano a quien le habían negado el derecho de un crédito debido a que en su historial crediticio se podía leer: “suspensión por derec.”, algo que se le había conferido tras haber estado privado de la libertad.

“Es una situación que merece el reproche de éste Cuerpo Colegiado, pues no es dable que dicha entidad mantenga en sus bases de datos información no relacionada con temas comerciales y financieros”, indicaron desde la Corte.

Así mismo, la Corte resaltó que las bases de datos tienen una función especifica de recaudar información de acuerdo a la órbita de sus competencias.

La Superindustria, dirigida por Andrés Barreto, pudo comprobar que la misma leyenda que se le adjudico al denunciante, se había hecho con 288.753 ciudadanos más, donde se señalaba la suspensión de sus derechos por una orden judicial.

La SIC indicó que esto no se podía realizar ya que se hace una diferenciación injustificada y discriminatoria. Además, que la naturaleza de las bases de datos administradas por los operadores tiene como fin determinar el nivel de riesgo financiero de cada titular por su capacidad financiera y económica, y nada tiene que ver con la suspensión de derechos políticos.

De esta manera, Cifin no solo deberá abonar el pago de la multa impuesta, sino que está obligada a borrar de la historia de crédito de todos los titulares dicha información. Así mismo, deberá abstenerse de volver a incorporar en la historia de crédito de los titulares la leyenda “suspensión por derec”.

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