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Actualidad

The Pub no pudo registrar su marca por la canción “El Yerbatero”

04 de septiembre de 2014

Simón Granja


Canal de noticias de Asuntos Legales

The Pub solicitó ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) la marca ‘Yerbatero’ para distinguir bebidas alcohólicas, sin embargo, la entidada negó la solicitud porque infringía los derechos de autor de la canción del mismo nombre, que forma parte del disco P.A.R.C.E lanzado en 2010 por cantante paisa Juan Esteban Aristizábal, Juanes.

El bar, que tiene tres locales en Bogotá, presentó la solicitud el 2 de mayo de 2012 para reconocer los productos comprendidos en la clase 33 de la Clasificación Internacional de Niza. Una vez se publicó el extracto no se presentaron oposiciones, sin embargo, como la Dirección de Signos Distintivos tiene que realizar siempre el análisis de registrabilidad del signo solicitado, y esto incluye revisar la base de datos y verificar que no existe otra marca similar ya registrada, al hacerlo encontró ‘El yerbatero’ de Juanes.

La decisión 351 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena regula el régimen sobre el derecho de autor que define la obra como “toda creación intelectual original” , a la vez el artículo 4 de esta normatividad establece que “la protección recae sobre todas las obras literarias, artísticas y científicas que puedan reproducirse o divulgarse por cualquier forma o medio conocido”.

Basada en eso, la Dirección determinó que la marca solicitada infringía los derechos de autor de la canción “El yerbatero”, que goza de la originalidad exigida por la ley de derechos de autor. Esto evidenció que de registrarse el signo solicitado, produciría en la mente del consumidor la inmediata asociación de este signo con la composición musical del cantante paisa.

Eduardo Varela, abogado especialista en propiedad industria, indicó que es “importante que la SIC proteja los derechos de autor de los artistas colombianos. Además, ‘El Yerbatero’ no es un nombre común y claramente alude a la canción de Juanes. Aunque no es muy común que se nieguen marcas por derecho de autor, lo cierto es que la decisión 486 sí establece como causal de irregistrabilidad de marca la infracción a derechos de autor de terceros”.

‘El Yerbatero’ es una de las canciones más reconocidas del artista colombiano. La primera vez que Juanes la cantó fue en el concierto inaugural del Mundial de Fútbol de la FIFA en Sudáfrica, evento se llevó a cabo el 10 de junio del 2010 en el Estadio Orlando de Johannesburgo.

Reconocimiento La resolución aclaró que la canción ‘El Yerbatero’ tiene gran reconocimiento en el ámbito nacional e internacional, pues ha estado en varios países en el primer lugar de rating en la radio e internet.

Ante la decisión de la Dirección, The Pub apeló diciendo que el título de la canción carece de originalidad puesto que es un vocablo común; y expresó que entre el signo solicitado y la canción ‘El yerbatero’ no existe ninguna relación comercial.

Sin embargo, el superintendente delegado para la propiedad industrial, José Luis Londoño, declaró estar de acuerdo con la decisión tomada en primera instancia y dijo que la marca solicitada está incursa en la causal de irregistrabilidad del literal F del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.

Por su parte, el abogado especialista en propiedad industrial, Jesús Méndez, consideró que “la Superintendencia actuó de acorde a derecho puesto el título de la obra, en este caso la canción ‘El yerbatero’ de Juanes, está protegido por el derecho de autor ley 23 de 1982”.

Tras estas discusiones, el signo ‘El yerbatero’ será solo para el cantante antioqueño Juan Esteban Aristizábal y no podrá ser utilizada por la compañía The Pub para la comercialización de cervezas.

La opinión

Eduardo Varela
Abogado especialista en propiedad industrial

“Me parece importante que la SIC proteja los derechos de autor de los artistas colombianos, además ‘El Yerbatero’ no es un nombre común y claramente alude a la canción de Juanes. No es común que se nieguen marcas por derecho de autor”.

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