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OPINIÓN

Cámara de Resolución de Disputas

09 de abril de 2018

Andrés Charria

Fundador de Tres Puntos Consultores
Canal de noticias de Asuntos Legales

El pasado jueves en la sede Federación Colombiana de Fútbol se realizó una rueda de prensa para presentar la nueva Cámara Nacional de Resolución de Disputas, Cnrd, se demoraron algo más de 10 años en acatar la orden que en su momento dio Fifa, hecho de derivó en la indefección de muchísimos jugadores y la falta de solución de muchos problemas. Se necesitó de una orden de un juez de tutela para que finalmente los representantes de los jugadores y la federación se pusieran de acuerdo en este tema.

En Fifa ha funcionado desde hace más de 15 años una entidad similar que soluciona conflictos de orden laboral entre jugadores y clubes que tengan una “dimensión internacional”, que no significa nada diferente a que club y jugador sean de diferentes países. Allí llegaron casos de futbolistas como Oscar Córdoba contra el Antalyasport de Turquía y Jorge Bermúdez contra el Barcelona de Guayaquil. Esta cámara de resolución de disputas, inicialmente fallaba rápidamente y en la mayoría de casos lo hacía más en equidad que en derecho, sin embargo estos fallos, eran bastante adecuados y dejaban a las dos partes satisfechas en la mayoría de las veces. En la actualidad el procedimiento se ha hecho muy lento y los fallos la mayoría son malas copias de los anteriores.

La segunda instancia de estos procesos es el tribunal arbitral del deporte, entidad con sede en Lausana, fundada por el Comité Olímpico Internacional, también con más de 15 años fallando, este si en derecho y ajustado a un código completo y adecuado para estos procedimientos.

El reglamento de la Cámara colombiana dedica la mayor parte a la designación y calidad de los árbitros, sus honorarios y la adopción de la cláusula compromisoria que parecería que no se puede modificar. Del procedimiento no dice nada por lo que quedará a la voluntad del árbitro único o del presidente de la formación dirigir el proceso respetando los derechos de los implicados, solo se indica que el plazo máximo para fallar será de cuatro meses, término que me parece adecuado y que espero que no se alargue de manera artificial mediante suspensiones y prórrogas sin sentido, los casos a tratar no revisten mayores complicaciones pues la mayoría serán de salarios insolutos o de otras obligaciones dinerarias no canceladas por parte del club con pruebas sencillas de evaluar. Los fallos a pesar de lo indicado en la rueda de prensa deberán ser en derecho y no en equidad como se alcanzó a sugerir.

De la calidad de los árbitros se indica poco y se sacó de un plumazo a todos aquellos abogados colombianos que tienen experiencia en temas de derecho deportivo, no hay régimen de inhabilidades ni procedimiento de recusación, la designación de los árbitros no es clara, parecería que solo pueden ser nombrados de unas listas pero también parece posible nombrar árbitros fuera de estas, por premura de tiempo no he logrado dilucidar este tema.

Varios son los retos que tiene esta Cámara, en primer lugar y me parece que es el mayor desafío es solucionar los conflictos de una manera ajustada a derecho y ágil de la calidad de los laudos dependerá la credibilidad de la cámara. En estos momentos hay muchos conflictos represados en otras entidades de la Federación que no han podido ser resueltos y muchos otros listos para ser presentados cuanto antes a la Cnrd, los primeros laudos podrán ser una buena señal del futuro de este tribunal.

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