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OPINIÓN

Circular 1709 de Fifa

17 de febrero de 2020

Andrés Charria

Fundador de Tres Puntos Consultores
Canal de noticias de Asuntos Legales

El documento que cualquier persona que tenga interés jurídico en las transferencias internacionales de jugadores profesionales de fútbol, en la ejecución de los contratos de trabajo y en temas específicos de este deporte como el mecanismo de solidaridad y la indemnización por formación es el muy mencionado reglamento sobre el Estatuto y la transferencia de jugadores. Fifa, a principios de siglo, luego del batacazo a la organización del futbol que representó la decisión Bosman se empeñó en redactar unas reglas generales para el movimiento de los jugadores profesionales y de a poco incursionó en la ejecución de los contratos de trabajo.

Este reglamento tiene en pocos artículos y muy buena jurisprudencia de la Cámara de Resolución de Disputas, la Comisión del Estatuto del jugador y en ultima instancia el Tribunal Arbitral del Deporte, ha desarrollado toda una disciplina jurídica interesante y de difícil articulación.

Fifa, de manera permanente revisa este documento e incorpora materias nuevas (pago de deudas laborales, por ejemplo) como consecuencia del desarrollo diario de su negocio. El pasado 13 de febrero, se emitió una circular, la 1709 en la que se modifican algunas disposiciones.

Se amplían las excepciones a la prohibición de transferencias internacionales de menores, ahora se permite, con algunas condiciones la inscripción de menores que hayan huido de su país de origen sin sus padres por razones humanitarias y también en por motivos académicos.

El mecanismo de solidaridad y la indemnización por formación son figuras creadas por Fifa para remunerar a los clubes formadores, de manera que en transferencias de los jugadores que ellos formaron, cumpliendo algunos requisitos estas instituciones pueden recibir sumas de dinero importantes.

Anteriormente solo se podían recibir estas sumas cuando se trataba de transferencias internacionales, a partir de la expedición de dicha circular, se pueden cobrar también por transferencias nacionales hecho importante pues es claro que hay muchísimas más transferencias dentro de un país que a nivel internacional; esto incentiva de manera importante a las academias. Queda por resolver el tema del cobro, cobrar sumas de dinero por formación o solidaridad es una tarea compleja, larga y costosa. Sería bueno que Fifa diera instrucciones para mejorar este aspecto.

Un tema interesante es el de las transferencias puente, a este respecto Fifa indica: “Si se llevan a cabo dos transferencias del mismo jugador - nacionales o internacionales- en un plazo de dieciséis semanas, se dará por supuesto, a menos que se establezca lo contrario, que las partes (clubes y jugador) involucrados en estas dos transferencias han participado en una transferencia puente”.

Este tipo de transferencias se han hecho desde hace mucho tiempo para eludir pagos, sanciones o para hacer esquemas poco claros donde el dinero de una transferencia se diluye en el camino. Fifa entendió este mecanismo y lo castigará de ahora en adelante. Un esfuerzo en darle mas transparencia a las transferencias internacionales que muchas veces se convierten en negocios aptos para lavar activos o defraudar a terceros.

Estos cambios han venido dando mayor transparencia al fútbol y a las transferencias, operaciones que han enriquecido a muchas personas ajenas al futbol y que finalmente Fifa entendió que debería controlar.

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