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OPINIÓN

Cámara de riesgo central de contraparte

02 de marzo de 2017

Catalina Rodríguez Trout

Asociada de PPU Legal
Canal de noticias de Asuntos Legales

Una de las principales causas de la crisis económica que inició en el año 2008, radicó en la inadecuada regulación y supervisión en los sistemas financieros, particularmente en las operaciones con derivados y en la falta de administración en el llamado riesgo de contraparte. 

Como consecuencia de lo anterior, se hizo evidente la necesidad de crear mecanismos que aseguraran el cumplimiento de las operaciones que celebran los intermediarios de valores en los sistemas de negociación y en el mercado mostrador.

¿Qué es la Cámara de Riesgo Central de Contraparte?
La Cámara de Riesgo Central de Contraparte - CRCC - es una entidad inspeccionada y vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia, creada para organizar y administrar los riesgos existentes en el mercado de derivados, así como para promover y desarrollar nuevos productos estandarizados con los sistemas de negociación. 

De acuerdo con lo anterior, la CRCC se encarga de la prestación de servicios de compensación y liquidación en el mercado de derivados local, garantizando el pago de las obligaciones y derechos que allí se generan a través de la exigencia de garantías a los participantes. 

¿Cuáles son los principales riesgos que mitiga la CRCC?
La CRCC se encarga de mitigar principalmente dos riesgos: i) el riesgo de contraparte y ii) el riesgo de liquidez. 

El riesgo de contraparte, hace referencia al eventual incumplimiento de una obligación por parte de algún participante. La CRCC se encarga de gestionar y administrar dicho riesgo a través de un esquema de seguridad que incluye una serie de requisitos financieros y operativos para quienes quieran participar dentro del sistema; exigencia de garantías y límites de operación a los mismos; e incluso la garantía de las obligaciones con su propio patrimonio. 

Por otro lado, el riego de liquidez, está relacionado con el incumplimiento transitorio de una obligación que puede ser pagada en un futuro. La CRCC busca mitigar este riesgo, principalmente, a través de la exigencia de garantías en efectivo. 

Recientemente, la Unidad de Regulación Financiera - URF -  publicó para comentarios un proyecto de Decreto por medio del cual se pretende modificar algunas disposiciones del Decreto 2555 de 2010 relacionadas con las operaciones que se compensan y liquidan a través de una cámara de riesgo central de contraparte.

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