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OPINIÓN

Empresas deben facilitar a las madres lactancia de sus hijos

05 de octubre de 2017

Canal de noticias de Asuntos Legales

La Ley 1823 de 2017, sancionada este año por el Presidente de la República, adopta la estrategia de salas amigas de la familia lactante en el entorno laboral, que tiene aplicación en todas las entidades públicas y en las empresas privadas. Al implementar las salas amigas, la empresa evita ser objeto de sanciones administrativas por el incumplimiento de esta norma laboral y hace una inversión en su capital humano y social que le generará una mayor productividad empresarial.

¿Cuál es el objetivo de las salas amigas?
Estas salas buscan que las mujeres en periodo de lactancia dispongan en sus lugares de trabajo de un espacio digno, que cuente con todas las especificaciones técnicas de higiene y salubridad, donde puedan extraer la leche materna durante la jornada laboral para luego transportarla a sus hogares.

Con estas salas se garantiza el derecho a la alimentación y nutrición adecuada y saludable de los niños desde su nacimiento a través de la lactancia materna, la cual, además, permite potencializar su crecimiento y desarrollo, estrechando el vínculo afectivo entre madre e hijo.

¿Todas las empresas privadas deben adoptar las salas amigas? No, esta obligación es sólo para aquellas empresas con capitales superiores a los 1.500 salarios mínimos o que tengan más de 50 empleadas. No obstante, es preciso indicar que la adopción de estas salas al interior de las empresas no exime a los empleadores de su obligación de reconocer y garantizar a la trabajadora el disfrute de la hora de lactancia, como lo dispone el artículo 238 del Código Sustantivo del Trabajo.

¿Qué término tienen las empresas para establecerlas?
Las entidades públicas y las privadas con más de 1.000 empleados dispondrán de dos años para realizar las adecuaciones físicas necesarias, mientras que las empresas privadas con menos de 1.000 empleados tendrán cinco años para ello.

¿Cómo se deben implementar estas salas amigas?
Para la implementación de salas amigas de lactancia en el entorno laboral, el Ministerio de Salud y Protección Social publicó desde el año 2012 los lineamientos técnicos que deben ser aplicados por las empresas.

Algunos de los aspectos a tener en cuenta en su implementación son: el área física debe ser de aproximadamente cuatro metros cuadrados, de paredes lisas con pintura lavable o enchapada en colores claros, con buena iluminación y alejada de baños y almacenamientos de basuras. Deberá adecuarse un baño exclusivo con lavamanos para uso de las madres lactantes.

La dotación de la sala debe incluir por lo menos: un gabinete, una nevera con refrigerador y congelador grandes, un termómetro, sillas cómodas con espaldar y brazos de fácil limpieza, una pinza en acero inoxidable, una bandeja en acero inoxidable, recipientes medianos con tapa para la basura, frascos de vidrio con tapa de plástico de boca ancha, cinta de enmascarar y marcador. Estos implementos deberán ajustarse a las especificaciones señaladas en los lineamientos técnicos.

¿Las empresas que adopten estas salas tendrán beneficios tributarios?
El Ministerio de Hacienda determinará los beneficios, alivios e incentivos tributarios que se le otorgarán a las empresas privadas que adopten las Salas Amigas de la Familia Lactante.

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