¿Qué debe tener en cuenta una empresa respecto del software que desarrollan sus empleados o contratistas?
El software debe ser una creación propia. El resultado debe provenir de un esfuerzo individual y no de una copia o transformación de una obra desarrollada previamente por un tercero. De ser este el caso, la empresa requeriría de una autorización del titular de la obra original para poder explotar comercialmente su obra derivada de la primera. En casos en que el software se desarrolle a partir de un software de código abierto, la empresa no podrá reivindicar derechos exclusivos.
¿Qué debe incluir la cláusula de cesión de derechos de estos contratos?
A la empresa le interesa que la cesión de derechos sea exclusiva luego debe indicarse. Es recomendable que se identifiquen todos y cada uno de los derechos que se ceden, las formas de explotación, el tiempo de cesión y el territorio. La empresa podrá oponer frente a terceros su derecho exclusivo sobre el software y/o aquellos contratos mediante los cuales le enajenen o transfieran el dominio, además de los cambios mediante los cuales el dominio sea limitado, sólo si inscribe tales contratos en el registro de la Dirección Nacional de Derechos de Autor.
¿Que pasa si la empresa no incluyó en el contrato una cláusula de cesión de derechos de propiedad intelectual?
En el caso de software opera una presunción de cesión de derechos en favor del empleador o contratante. Esto significa que aún si los contratos escritos de carácter laboral o de servicios que la empresa suscribe con terceros o con sus empleados no incluyen cláusulas de cesión, se presumen cedidos los derechos en su favor respecto de la propiedad intelectual desarrollada en ejecución de tales actividades. La presunción opera en casos en que existe un contrato escrito respecto de obras protegidas por los derechos de autor y condiciona la cesión al ejercicio de las actividades habituales del encargante en la época de creación de la obra.
¿Por qué es importante la declaración de software legal que debe incluirse en los estados financieros?
El representante legal de una empresa debe incluir en su Informe de gestión anual indicaciones sobre el estado de cumplimiento de las normas sobre propiedad intelectual y derechos de autor por parte de la sociedad. Es altamente recomendable que tal declaración vaya acompañada de un reporte detallado del área de tecnología en el que se constate el cumplimiento. La falta de verificación puede derivar en la responsabilidad penal del representante legal por defraudación de los derechos patrimoniales de autor y falsedad en documento privado. Asimismo puede derivar en una acción por responsabilidad social frente a la empresa y sus socios o accionistas o en investigaciones e imposición de sanciones administrativas y multas por parte de la Superintendencia de Sociedades y la Dian.
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