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OPINIÓN

Del afán no queda sino el cansancio

30 de octubre de 2023

Gabriel Ibarra Pardo

Socio de Ibarra Rimon
Canal de noticias de Asuntos Legales

El pasado 12 de octubre, la Comisión Europa aplicó la multa más alta que ha impuesto esa autoridad por una integración no autorizada y, más aún, ordenó a los intervinientes reversar la operación.

Illumina Inc (Illumina), compañía que fabrica y comercializa dispositivos médicos, adquirió, por un valor de US$7.1 billones , el control de Grail LLC (Grail), compañía que desarrolló unas pruebas de sangre capaces de identificar el cáncer de forma prematura.

Illumina anunció el cierre de la operación en agosto de 2021, sin esperar a que la Comisión le diera su visto bueno, lo que llevó a esa autoridad a formular pliego de cargos y a imponer a esta compañía una sanción de 432 millones de euros.

Además, sancionó a Grail con una pena simbólica de tan sólo mil euros.

La agencia de la competencia estimó que la integración podía tener graves efectos anticompetitivos, y en concreto, el de perjudicar la innovación en el mercado y reducir las opciones de los consumidores para elegir pruebas de detección de cáncer.

Concluyó esa autoridad finalmente que Illumina había quebrantado, de manera deliberada, la obligación de esperar la autorización previa de la agencia para ejecutar la operación-

Lo anterior, toda vez que esa compañía había sopesado estratégicamente el riesgo de la sanción, versus los posibles beneficios que podía obtener si se precipitaba a cerrar la transacción e incluso llegó al extremo de prever la posibilidad de que fuera obligada a reversar la operación y desinvertir en la sociedad adquirida, lo que no fue óbice para que se precipitara a ejecutarla sin esperar el permiso.

Por consiguiente, la Comisión decidió imponer una pena equivalente al 10% de los ingresos totales de Illumina, teniendo en cuenta que la infracción fue intencional y en aras de que la sanción tuviera un efecto disuasorio para quienes pretendieran proceder de manera similar.

Además, como medida restaurativa, ordenó a Illumina deshacer la operación y restablecer la independencia de Grail al mismo estado en el que se encontraba antes de que se materializara la transacción.

Aunque, la Comisión permitió a Illumina elegir la forma que considerara más apropiada para realizar la desinversión, le exigió presentar un plan de reversión de la operación, para lo cual le fijo un plazo máximo de 12 meses.

Dispuso también unas medidas transitorias con el fin de garantizar que ambas compañías permanecieran separadas hasta que se deshiciera la transacción, y de evitar que siguieran intercambiando información. Adicionalmente obligó a Illumina a continuar financiando las necesidades de Grail, de modo que no se impidiera su desarrollo.

Según la Comisión, es la primera vez que se aplica una sanción a la compañía adquirida, por cuanto en esta ocasión ella jugo un papel activo en el incumplimiento de la ley de competencia.

Pero las preocupaciones en torno de esta transacción no han quedado solo en el ámbito de la Unión Europea, sino que se han extendido a los Estados Unidos, en donde la Federal Trade Comisión(FTC) también buscó bloquearla. De hecho, esa autoridad presentó, el 4 de agosto pasado, una demanda, ante una corte federal, con ese propósito.

Este caso constituye un hito que debe ser tenido en cuenta por quienes decidan aventurarse en el mundo del denominado “gun Jumping” esto es, apresurarse a perfeccionar una operación de integración sin esperar el permiso de la autoridad, o en lenguaje coloquial, quien decida “comerse las galletas antes del té”.

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