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OPINIÓN

El Brexit sin acuerdo de transición: una verdadera encrucijada

28 de enero de 2019

Gabriel Ibarra Pardo

Socio de Ibarra Rimon
Canal de noticias de Asuntos Legales

Los contratiempos a los que se está viendo enfrentada la Primer Ministro del Reino Unido Theresa May parecen no terminar. Tras el revés que sufrió el acuerdo de retirada del Reino Unido de la Unión Europea ante el Parlamento británico, las esperanzas recaen en su “Plan B”, que se espera no corra el mismo destino.

De conformidad con el artículo 50 del Tratado de la Unión Europea, que prevé la salida unilateral de un país de la Unión, los tratados dejan de aplicarse al país que realiza la solicitud, a partir de la entrada en vigencia de un acuerdo con el Consejo Europeo o, a más tardar, dos años después de la notificación de la retirada.

Las condiciones inicialmente negociadas entre el gobierno de May y la Unión Europea, contemplaban un periodo de transición, bajo el que se continuaría aplicando el marco legal existente a las relaciones comerciales entre la UE y el Reino Unido, entre el 30 de marzo de 2019 y el 31 de diciembre de 2020. El pasado 15 de enero, sin embargo, el Parlamento rechazó, con una mayoría de 432 votos, el referido acuerdo, y con ello, la posibilidad de minimizar los efectos adversos de la salida.

El principal elemento de discordia radica en la salvaguarda o “backstop” que busca evitar el establecimiento de una “frontera dura” o física entre la República de Irlanda e Irlanda del Norte, frontera que podría quebrantar las obligaciones adquiridas en el marco del acuerdo de paz o Acuerdo de Viernes Santo.

La cuenta regresiva de poco más de dos meses para que terminen los dos años de negociación ya ha comenzado a correr. La fecha vence el 29 de marzo de 2019.

Si no hay acuerdo, el retiro del Reino Unido de la UE supone que, en un abrir y cerrar de ojos, y sin brindarle a las empresas mayor espacio para adaptarse, las exportaciones de ese país hacia Europa recibirán el mismo tratamiento otorgado a las operaciones de países no miembros, lo que las sometería a tasas arancelarias, controles regulatorios y otras medidas comerciales. Lo mismo sucederá en el caso de las importaciones al Reino Unido originarias de los países miembro de la UE.

Sectores como el agrícola, el automotriz y el financiero se verán gravemente afectados, con la imposición de aranceles y derechos de aduana que incrementarán inevitablemente los costos de transporte y los precios finales de las mercancías.

Además, las exportaciones originarias del Reino Unido a terceros países con los que la UE ha celebrado tratados de libre comercio, también deberán pagar los aranceles correspondientes, salvo que se negocie entre ellos un nuevo acuerdo. En el caso de Colombia, las exportaciones de carbón, banano, café y flores serán las principales afectadas.

Los ánimos están caldeados y el futuro del “Plan B” de la Primer Ministro todavía es incierto. May dará a conocer su nueva iniciativa, ante la Cámara de los Comunes el próximo 29 de enero, fecha en la que será objeto de debate y votación. Según la prensa británica la propuesta, que no difiere mucho de la anterior, pretende modificar la salvaguarda que llevó al rechazo del acuerdo original.

A pesar de que el plazo de dos años puede ser extendido a petición del gobierno británico, siempre y cuando lo acepten los 27 miembros de la Unión, lo cierto es que las empresas, inglesas y europeas, harían bien en prepararse para lo peor e implementar desde ya programas de ajuste y contingencia, con el fin de amortiguar el golpe de una salida sin transición que puede ser bastante dolorosa.

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