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OPINIÓN

Energía: requisitos para participar en las subastas

04 de julio de 2018

Hemberth Suárez Lozano

Socio fundador de OGE ENERGY

info@oge.com.co
Canal de noticias de Asuntos Legales

*Socio de OGE Legal Services.

Uno de los componentes esenciales del Cargo por Confiabilidad son las Obligaciones de Energía Firme, OEF, las cuales se asignan a los generadores de energía vía subasta. En Colombia las principales subastas se realizaron en 2008 y 2011, y las siguientes están muy cerca de llevarse a cabo. Por ello mencionaremos algunos de los requisitos a cumplir por los generadores e inversionistas interesados en participar en las subastas que asignan OEF.

Lo primero a tener en cuenta es que los requisitos cambian dependiendo del tipo de planta de generación de energía con la que se quiera participar en la subasta, por ello conviene mencionar identificar las diferencias entre los tipos de plantas. Por ejemplo: son plantas nuevas cuando no han iniciado la etapa de construcción al momento de la subasta; las plantas especiales son aquellas que se encuentran en proceso de construcción o repotenciación al momento de la subasta; plantas existentes con obras serán aquellas que están en operación comercial al momento de la subasta pero planean obras adicionales; y las plantas existentes son las que están en operación comercial al momento de la subasta.

En ese sentido, el inversionista que quiera participar en la subasta con plantas o unidades de generación nuevas o especiales, deberá acreditar que su proyecto está inscrito en Fase 2 ante la Unidad de Planeación Minero Energética, también deberá aportar una póliza que asegure la entrega de energía para cumplir con la OEF asignadas, aportar copia de las licencias ambientales asociadas a la operación con el combustible elegido por el generador para respaldar su generación de energía en firme. Para el caso de las plantas especiales, se deberá enviar a la Comisión de Regulación de Energía y Gas, al Ministerio de Minas y Energía y a XM el cronograma de construcción del proyecto de generación, entre otros aspectos. Uno de los requisitos que conviene adelantar con tiempo es el de la inscripción del proyecto en Fase 2.

Adicionalmente, todos los generadores o inversionistas deberán declarar ante la Creg los parámetros para el cálculo de la energía firme que puede comprometer en OEF. Para el caso de los activos de generación a base de gas natural, se deberá presentar una póliza que asegure la posterior entrega de una garantía de contratación del suministro y transporte del gas natural. A propósito, la Resolución Creg 072 de 2018, que es un borrador, propone algunos cambios en el mercado mayorista de gas natural, dentro de lo cuales se destaca el regreso al mercado primario de dos modalidades de contratos importantes para la generación de energía eléctrica, ellos son: el contrato de opción de compra de gas, OCG, y el contrato de suministro con firmeza condicionada. En mi opinión estas modalidades nunca debieron retirarse del mercado mayorista de gas natural.

Volviendo a los requisitos, lo que tiene que ver con la presentación de los documentos al momento de la subasta, se deberá seguir el uso de los formatos que llegue a definir el administrador de la subasta. Para el caso de los inversionistas, extranjeros o locales, que participarán a través de apoderado, merece especial cuidado no dejar por fuera ninguna de las facultades requeridas para participar.

Finalmente, los generadores e inversionistas que resulten con asignaciones de OEF recibirán una certificación que especificará la cantidad de OEF asignada, el período de vigencia, el precio de escasez y el precio de cierre de la subasta. Por todo lo mencionado, a prepararse y muy bienvenidas las subastas.

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