Obsérvese que cualesquiera de esos motivos son válidos, en tanto en cuanto estén vigentes las expectativas que frente a la respectiva SAS se tenían, de cara a los resultados económicos, jurídicos, organizacionales y/o familiares que se perciben como contraprestación a los esfuerzos que, de manera individual o colectiva, se han hecho. Si el balance es positivo, ello les generará a accionistas y administradores la confianza y la solidez que requieren para conservarla y proyectarla.
Sin embargo, cabe preguntarnos qué hacer cuando la compañía se encuentre inmersa en crisis económicas, administrativas o societarias que estén impidiendo el logro de los objetivos que motivan su existencia. ¿Valdrá la pena continuar por tiempo indefinido realizando esfuerzos, apuntando a resultados inciertos que sólo generan desgaste y frustración? ¿Habrá que esperar a que la situación se deteriore tanto que amerite la intervención del Estado para forzar soluciones de carácter extemporáneo y costoso? ¿Será justo que por la falta de liderazgo o apatía tengan que generarse perjuicios para terceros de buena fe y aun para los mismos accionistas?
Para un mejor entendimiento de las alternativas de solución que aquí se plantean, hemos considerado conveniente revisar el asunto en forma comparativa con la metodología que se ha venido imponiendo en el manejo exitoso de las relaciones de pareja que han pasado por dificultades importantes, la cual apunta a que, una vez detectada la crisis por el no cumplimiento de las expectativas en los planos personales, afectivos, emocionales, económicos, etc., los partícipes optan por asumir la responsabilidad de revisar a fondo esas dificultades con la ayuda de profesionales expertos en la materia, en el propósito de generar opciones tendientes a replantear total o parcialmente la relación.
Bajo este mismo razonamiento y guardando las proporciones, opinamos que si las personas que están vinculadas a una SAS actuaran de manera responsable, no hay duda de que ante una crisis que ponga en riesgo los intereses colectivos, también deberían optar por revisar a conciencia el asunto, preferiblemente con la colaboración de expertos. En ese objetivo, estudiarán la administración de la compañía, los costos, los planes de mercadeo, el aprovechamiento de nuevas tecnologías, etc., todo ello con el fin de hacer los ajustes para reorientar el rumbo del ente económico que está en problemas.
Pensamos que cualquiera de estas soluciones se puede estructurar formalmente a través de acuerdos entre accionistas, arreglos privados con acreedores, procesos de reestructuración empresarial (Ley 1116), incrementos o disminución de capital, fusiones, escisiones, transformaciones y cualquier otro esquema jurídico de salvamento. Sin embargo, en el evento de que la solución que se implemente no resulte efectiva, emerge como una salida viable la alternativa de iniciar un proceso liquidatorio.
Tal proceso tiene como objetivos: a) aceptar la circunstancia de que la sociedad no continúe como ente productivo; b) terminar todos los vínculos creados durante la vida activa de la sociedad.
El asumir la eventualidad de un divorcio y/o de una separación de bienes, así como la de tramitar en debida forma un proceso liquidatorio, cuando es materialmente imposible permanecer unidos en torno a unos mismos objetivos, liberará a los protagonistas de una serie de responsabilidades que están recayendo sobre ellos mientras esos vínculos permanecen vigentes. Adicionalmente, es muy posible que en el mediano plazo, con la experiencia que se adquirió y con una situación ya definida, puedan participar en otros proyectos, ojalá más exitosos.
Por lo expuesto, concluimos que los accionistas y administradores cuentan con valiosas herramientas jurídicas para conjurar las crisis en una SAS y, en caso de que ello no sea posible, el proceso liquidatorio adelantado en tiempo y con la plenitud de las formalidades está llamado a constituirse en una interesante opción de cara a las responsabilidades que la ley les impone.
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