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OPINIÓN

Lo que usted debe saber del Registro Único de Proponentes (rup)

06 de abril de 2017

Marcela Ayala

Asociada Baker Mckenzie
Canal de noticias de Asuntos Legales

¿Existe un plazo para inscribir una sociedad o sucursal en el RUP?
Para la inscripción no existe ningún plazo, solamente lo hay para la renovación de los registros existentes y vigentes, la cual debe hacerse antes del 7 de abril de este año.

¿Qué proceso debe completarse para la inscripción en el RUP?
Deben entregar la documentación correspondiente ante la Cámara de Comercio del domicilio de la entidad. Una vez registrado, transcurrirán diez días hábiles para que el registro quede en firme

¿Qué diferencia existe entre la renovación y actualización del registro?
La renovación del registro se hace solamente sobre los registros existentes y vigentes durante el primero de enero de cada año hasta el quinto día hábil de abril, donde deberá incluirse la información financiera al 31 de diciembre del año fiscal anterior, y se podrá modificar la experiencia ya registrada. Por su parte, la información jurídica, la experiencia y excepcionalmente la información financiera, podrán ser actualizadas en cualquier momento.

¿Qué información deben presentar las sociedades y sucursales de sociedad extranjera para su inscripción?
Deberán presentar documentación sobre su capacidad jurídica, financiera y experiencia. La sociedad colombiana deberá presentar su propia información, excepto en su experiencia, ya que podrá registrar la de sus accionistas durante los primeros tres años de su existencia. La sucursal de sociedad extranjera deberá presentar la información de la oficina principal en el exterior.

¿Qué información financiera deben presentar las sociedades colombianas y sucursales de sociedades extranjeras?
Las sociedades colombianas deberán presentar los estados financieros auditados con corte al 31 de diciembre del año fiscal anterior, o si no son suficientemente antiguos, podrán presentar el balance inicial o estados financieros de corte trimestral. La mayoría de sociedades colombianas recién constituidas no tienen balances iniciales o estados financieros de corte trimestral suficientes para cumplir con los índices financieros requeridos por las entidades en sus procesos de contratación. Por lo cual, es importante evaluar si es procedente conformar una Unión Temporal o Consorcio con otra entidad con mayor solidez financiera para cumplir con los índices requeridos. Por su parte, las sucursales de sociedad extranjera deberán presentar la información financiera de su oficina principal, con corte al 31 de diciembre del año fiscal anterior, y si aplica, debidamente auditadas. Para la renovación, el proponente podrá presentar los estados financieros sin auditar a la Cámara de Comercio, presentando además un certificado emitido por el auditor de la oficina principal haciendo constar que la fecha de cierre fiscal es diferente al 31 de diciembre, teniendo que actualizar el registro posteriormente.

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