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OPINIÓN

Transición energética y protección a la inversión extranjera

15 de julio de 2022

Marcela Cadavid Mariaca

Abogada Senior en Parra Rodríguez
Canal de noticias de Asuntos Legales

Durante los últimos años, Colombia ha adquirido una serie de compromisos a nivel internacional en el ámbito de la lucha contra el cambio climático. Uno de los mejores ejemplos es su participación en Acuerdo de París, en donde se comprometió a reducir en un cincuenta y uno por ciento (51%) las emisiones de Gases de Efecto Invernadero (“GEI”) con respecto al escenario de referencia a 2030, además de alcanzar la neutralidad de emisiones de carbono para el año 2050.

Con el fin de lograr este objetivo, en el país se han expedido una serie de normaspara afianzar la transición energética. Como es bien sabido, esta transición requiere de proyectos que se caracterizan por requerir una alta inversión con retornos a mediano y largo plazo.

Es por esto por lo que el ámbito regulatorio adquiere una especial relevancia. Más aún si se tiene en cuenta que su finalidad es impulsar y dar un parte de tranquilidad da los inversionistas extranjeros que tienen el capital para financiar este tipo de proyectos.

Al respecto, Colombia ha firmado una serie de acuerdos internacionales de inversión, cuyo principal propósito es generar un marco de confianza a esos inversionistas, otorgándoles así la seguridad necesaria para invertir en el país.

Adicionalmente, también se han expedido normas de diferente naturaleza para impulsar la transición energética. Entre estas cabe resaltar aquellas de carácter tributario, tal como la Ley 1715 de 2014 que regula la integración de las energías renovables no convencionales al Sistema Energético Nacional.

En este sentido, los estándares de protección que se incluyen en este tipo de acuerdos implican que el Estado como receptor de la inversión extranjera debe abstenerse de conductas que impliquen una disminución a dichos estándares. Aquí, la seguridad jurídica juega un papel predominante, en tanto los cambios normativos abruptos pueden generarle un riesgo de alto costo al Estado. Esta conducta no solo representa la posibilidad de que Colombia sea condenado en un tribunal de arbitraje internacional, sino que adicionalmente genera un ambiente de desconfianza a los actuales y potenciales inversionistas.

Teniendo en cuenta lo anterior, es posible entender que la transición energética de Colombia dependerá en gran medida de la estabilidad que pueda otorgársele a los inversionistas y demás agentes que participan en este mercado. Esto por supuesto incluye actuar conforme las normas vigentes, cumpliendo así con los compromisos adoptados tanto a nivel nacional e internacional.

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