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OPINIÓN

Domicilio de representantes legales en Colombia

25 de marzo de 2017

Paula Buriticá Caicedo

Asociada Principal
Canal de noticias de Asuntos Legales

A continuación, algunas precisiones sobre los requisitos de residencia y nacionalidad de los representantes de sociedades colombianas y mandatarios de sucursales de sociedades extranjeras con negocios permanentes en el país, junto con las razones por las cuales es conveniente que estos tengan domicilio en Colombia.

¿Los representantes legales de sociedades colombianas y mandatarios generales de sucursales de sociedades extranjeras deben ser residentes colombianos?
La Superintendencia de Sociedades ha aclarado que los representantes legales de sociedades colombianas pueden estar o no domiciliados en Colombia. Para el caso de sucursales de sociedades extranjeras, la posición actual de la Superintendencia es que los mandatarios designados deben ser residentes colombianos. 

Adicionalmente, cuando la sociedad extranjera con sucursal en Colombia tenga por objeto explotar, dirigir o administrar un servicio público o una actividad declarada por el Estado de interés para la seguridad nacional, dichos representantes y sus suplentes deberán ser ciudadanos colombianos.

¿Cuáles son las implicaciones de que una sucursal de una sociedad extranjera tenga un mandatario general no domiciliado en Colombia? 
De acuerdo con los pronunciamientos de la Superintendencia de Sociedades, ésta podría imponer sanciones hasta de 200 salarios mínimos legales mensuales a las sociedades extranjeras que designen mandatarios generales que no estén domiciliados en el país. Adicionalmente, la persona designada como representante legal tiene obligaciones y deberes en su calidad de administrador de la sucursal que, entre otros asuntos, lo obligan a actuar de forma diligente en el ejercicio de sus funciones. Así las cosas, si como consecuencia de su residencia extranjera el representante legal incumple sus funciones como administrador, este deberá responder solidaria e ilimitadamente de los perjuicios que por dolo o culpa ocasione a la sociedad extranjera, a sus socios o a terceros. 

¿Es conveniente que el representante legal esté domiciliado en el país?
Aunque no sea obligatorio que los representantes legales estén domiciliados en Colombia, el cumplimiento de algunas funciones propias del representante se dificulta si no se encuentra en el país. Por ejemplo, el representante legal es quien tiene la facultad de suscribir documentos como declaraciones de impuestos, declaraciones de cambio, y actos y contratos propios del giro ordinario de los negocios. Cuando una sociedad no cuenta con al menos un representante legal domiciliado en Colombia, la operación de la compañía puede verse entorpecida, al no haber una persona en el país que pueda autorizar con su firma los documentos necesarios para que la sociedad pueda desarrollar su objeto social. Adicionalmente, lo anterior hace más fácil que la sociedad incumpla con los deberes formales y sustanciales establecidos en la ley. 

Así las cosas, aunque no es obligatorio, resulta conveniente que las sociedades colombianas cuenten con un representante legal domiciliado en Colombia. 

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