Tal vez una de las críticas más certeras y que más recibimos los abogados es que ni nosotros ni los jueces estamos acostumbrados a hablar para no abogados. Desafortunadamente hizo carrera la idea de que los abogados debemos usar un lenguaje rimbombante y hasta anacrónico, que mezclado con el tecnicismo de los conceptos jurídicos hace parecer que el derecho es un conocimiento tan exclusivo que incluso la justicia es un asunto de los pocos que, probablemente por razón de su privilegio, conocen ese extraño idioma.
Alguna vez, una persona me cuestionaba esa horrible práctica jurídica que nos hace ver a los abogados como una suerte de cónclave que guarda el secreto de la justicia con recelo para que no sea manoseado por los demás mortales. Una justicia incomprensible. Lamentable que la regulación de las relaciones sociales y la defensa de los derechos parezca como un misterio de esos que si se revela se vuelve peligroso.
Esa misma persona, sustentaba su crítica con ejemplos de sentencias que hasta para el más versado jurista resultan difíciles de comprender por la extensión, escaso y confuso uso de los signos de puntuación y el uso de esdrújulas misteriosas y uno que otro “modismo de baranda” entrecruzado con citas en latín.
Pero la semana pasada, la Corte Constitucional dio un gran paso para demostrar que, aunque zafarse de la rimbombancia es una tarea sin concluir que tenemos los abogados y los jueces, lo cierto es que las sentencias judiciales deben ser comprensibles para sus destinatarios y, a través de una carta, con un lenguaje sencillo y claro, le explicó a una menor de edad con discapacidad quiénes y cómo resolvieron la protección de sus derechos fundamentales y, de paso advirtió que es un deber del Estado, a través de sus instituciones, desarrollar acciones concretas para que, desde el nacimiento de menores con discapacidades, haya un adecuado acompañamiento a las familias de los niños, se gestionen de forma adecuada las citas médicas especializadas que se requieran, se consigan cupos educativos especiales para superar la condición de discapacidad en instituciones especializadas y se brinde una adecuada capacitación al núcleo familiar.
De nada sirve una justicia que no se entiende y que no proporciona soluciones y medidas eficaces.
Es absolutamente valioso que los jueces, especialmente los constitucionales, adviertan la calidad de los destinatarios de sus decisiones y que, de acuerdo con esto, expliquen de forma clara y precisa el alcance de sus decisiones. La justicia debe ser cercana a los ciudadanos, nada hace más daño a una sociedad democrática que una justicia incomprensible y que parece de espaldas a sus destinatarios.
La cercanía de la justicia no le resta solemnidad y por el contrario sí le suma eficacia. Esperemos que esta conciencia judicial sea general y que todos los jueces empiecen a acercar sus decisiones a la gente común, que, si bien requiere de abogados para que representen sus derechos ante los estrados judiciales, no necesiten además un abogado traductor para que les explique el alcance de la decisión adoptada por un juez. La oralidad se presta maravillosamente para eso; para que el juez explique, incluso a la parte, el sentido y alcance de su sentencia.
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