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OPINIÓN

Recesión económica y procesos migratorios

10 de diciembre de 2022

Rodrigo Tannus Serrano

Socio de Tannus & Asociados

rtannus@tannus.co
Canal de noticias de Asuntos Legales

En las últimas semanas hemos estado expuestos a cientos de noticias informando acerca de una recesión en el 2023, una tasa alta de inflación, una mayor devaluación de nuestra moneda, el aumento del desempleo. Sumado a lo anterior, miles de empresas a nivel mundial, particularmente del sector tecnológico, han decidido realizar despidos masivos, los cuales, desde el campo migratorio, generan diferentes efectos tales como vencimientos anticipados de las visas de los trabajadores extranjeros, obligaciones para los empleadores de reportar estos movimientos ante las entidades de control, entre otros. Colombia no está siendo ajena a esta tendencia, siendo muy probable y desafortunado, que el próximo año continúen este tipo de noticias en donde las terminaciones de contratos se sigan presentando y, por ende, trabajadores extranjeros que están en el país siendo portadores de una visa, se vean afectados por estas medidas.

Si un trabajador extranjero se ve afectado por la terminación de su contrato o simplemente decide renunciar a su trabajo, se debería analizar qué tipo de visa colombiana tiene con miras a determinar si puede permanecer un tiempo adicional en el territorio nacional, si puede continuar trabajando o si por el contrario, debería salir del país. En el caso de las visas de trabajo con un permiso específico o cerrado, como las de visitante, de prestador de servicios-obra o labor y migrante trabajador, los extranjeros deberán decidir si quisieran permanecer o no, en el país. Si quisieran permanecer en Colombia, obligatoriamente deberán expedir una nueva visa dentro de los 30 días calendario siguientes, puesto que la visa que tenían perdió vigencia de manera anticipada. En caso de que no quieran permanecer o no hayan logrado expedir una visa en ese término, deberá salir del país a más tardar el día 30 contado desde que se dio la terminación del contrato ya que, de no hacerlo, el extranjero entraría en una permanencia irregular que le podría generar sanciones económicas o incluso ser decretada su deportación. Vale la pena señalar, que si el extranjero está con su familia en el país y ellos a su vez tienen una visa de beneficiario, deberán hacer las modificaciones correspondientes de sus visas también.

En el caso de los empleadores, de llegar a terminar el contrato o recibir la renuncia por parte de un trabajador extranjero que cuenta con una visa o permiso para trabajar en Colombia, deberán hacer las notificaciones de desvinculación ante el sistema Sire de Migración Colombia, así como en el Rutec del Ministerio del Trabajo, dentro de los términos de ley. Asimismo, dependiendo del tipo de visa, también se deberá notificar al Ministerio de Relaciones Exteriores acerca de esta situación. Adicionalmente, se tendrá que verificar si existe la obligación no solo desde la perspectiva laboral sino migratoria, de sufragar los gastos de regreso del extranjero y su familia.

Como verán, este tipo de circunstancias tienen muchas implicaciones y el campo migratorio no es ajeno a esto. Posiblemente muchos trabajadores extranjeros y sus familias se vean afectados por la recesión económica teniendo que hacer todo lo posible para expedir una nueva visa si su deseo es permanecer en el país, o en el peor de los casos, si esto no se da, tendrían que abandonar Colombia a más tardar dentro de los 30 días desde que se terminó su contrato, tiempo demasiado corto para poder organizarse o dejar atrás una vida construida con mucho esfuerzo y sacrificio en un país ajeno.

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