En octubre de este año, se conoció la sentencia de la Corte Constitucional en la cual se declaraba inexequible la Ley de Financiamiento. A pesar de la decisión de la Corte respecto a que la inexequibilidad surtía efectos a partir del 1 de enero de 2020, el apretado tiempo que resta en la agenda legislativa, sumado a las marchas que han afectado al país en los últimos días, genera incertidumbre sobre si se logrará aprobar una nueva reforma tributaria. Dentro de los sectores que sufrieron cambios con la Ley se encuentran las zonas francas, por lo cual es necesario analizar los diferentes escenarios que pueden presentarse.
¿Cuál es el escenario actual de las zonas francas en materia tributaria?
El escenario actual es el mismo que ha venido rigiendo todo el año, debido a que la inexequibilidad de la Ley de Financiamiento aún no surte efectos. Sin perjuicio de lo anterior, la Ley no cambió el tratamiento tributario de las zonas francas, simplemente lo unificó en materia de IVA para las importaciones desde zona franca, teniendo en cuenta que desde la Ley 1607 de 2012, las zonas francas declaradas con anterioridad al 31 de diciembre de 2012 tenían un tratamiento diferente a las zonas francas declaradas con posterioridad a dicha fecha.
Recientemente, el Ministerio de Hacienda emitió el Decreto 1370 del 01 de agosto de 2019, en donde se definió el concepto de “componente nacional exportado”, y la Dian emitió la Resolución 59 del 20 de septiembre de 2019, por medio de la cual se reglamenta la Declaración Especial de Importación. Estas normas buscan facilitar el trámite de las importaciones a los usuarios de zona franca, al permitir consolidar en una sola Declaración el total de operaciones realizadas en un día, así como realizar un pago consolidado mensual de los tributos aduaneros generados por las importaciones realizadas en ese periodo de tiempo.
¿Qué sucedería en caso de que no se aprobara una nueva reforma tributaria este año?
En caso de no aprobarse una nueva reforma tributaria, nuevamente existiría un trato diferenciado entre zonas francas según su fecha de declaratoria. Lo anterior, por cuanto el primero de enero del próximo año comenzaría a operar la inexequibilidad de la Ley de Financiamiento, y por ende se regresaría al escenario anterior a dicha Ley.
Sin perjuicio de lo anterior, las zonas francas declaradas con posterioridad al 31 de diciembre de 2012, deben seguir aplicando los mencionados Decreto 1370 y Resolución 59, toda vez que estas normas no estaban atadas a la exequibilidad de la Ley de Financiamiento.
¿Qué se puede esperar de una nueva reforma tributaria en caso de que sea aprobada este año?
El texto propuesto para primer debate en las comisiones terceras conjuntas de Senado y Cámara, en lo que respecta al IVA en las zonas franca, introduce cambios frente a lo que disponía la Ley de Financiamiento, y resuelve el doble IVA que estaban sufriendo algunas operaciones que se realizaban desde zona franca.
Para ello permite descontar el valor de las materias primas y servicios sobre los cuales se haya pagado IVA, de la base gravable para calcular el IVA en la importación. Así mismo, dispone que cuando el importador sea el comprador o cliente, la base gravable del IVA será el valor de la factura más los aranceles.
Lo anterior resuelve todas las inquietudes que se venían presentando en las zonas francas, en materia de IVA, lo cual daría una enorme claridad al régimen en esta materia.
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