La sentencia C-032 del 4 de febrero de 2025 de la Corte Constitucional ha transformado la industria licorera colombiana. En este fallo se declaró inconstitucional la facultad departamental de suspender permisos de introducción de aguardientes por vulnerar la libre competencia y los derechos de los consumidores, lo que benefició a la Industria Licorera de Caldas (ILC), pues le permite expandir la comercialización de su aguardiente Amarillo de Manzanares a nivel nacional, y que genera preocupación en la Empresa de Licores de Cundinamarca (ELC).
Esta decisión intensificará la competencia entre empresas licoreras, haciendo que la protección de marcas de color y otros signos distintivos sea aún más crucial para mantener ventaja competitiva. En este contexto, la disputa entre ILC y ELC sobre el registro de marcas de color amarillo adquiere mayor relevancia.
¿Qué son las marcas de color y por qué son importantes en la industria licorera?
Las marcas de color son signos distintivos que utilizan una tonalidad específica para identificar productos en el mercado. En la industria licorera, estas marcas generan reconocimiento y fidelidad entre los consumidores, facilitando la diferenciación en un mercado competitivo.
Sin embargo, el registro de marcas de color es complejo, ya que se debe demostrar que el color posee distintividad y no es ni genérico ni funcional.
¿Cuál es la situación actual entre ILC y ELC?
La ira en torno a la exclusividad de tonalidades de amarillo para sus aguardientes. ILC solicitó primero el registro del Pantone 123C, mientras que ELC solicitó el registro del Pantone 116C un año después. Ambas solicitudes han recibido oposiciones.
ILC argumenta que el color amarillo de su Aguardiente Amarillo de Manzanares ha sido utilizado para asociar su producto con calidad y tradición, mientras que ELC argumenta que su tono es más tenue y se diferencia en el diseño de la botella, lo que evitaría confusión con la marca de su competidor.
Hasta la fecha, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) no ha resuelto estas solicitudes. La decisión final podría impactar la comercialización de aguardientes en Colombia y sentar un precedente en la protección de marcas de color.
¿Qué se debe considerar al registrar una marca de color?
Al solicitar el registro de una marca de color, se deben considerar varios factores:
- El color debe ser suficientemente distintivo para identificar un producto y diferenciarlo de la competencia.
- No debe desempeñar un papel funcional más allá de su capacidad de identificación.
- No debe generar confusión con otras marcas ya registradas.
- No debe restringir injustificadamente el acceso de otros competidores al mercado.
Tanto la SIC como el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina han señalado que la protección de un color debe evaluarse con cautela para no restringir la competencia. Conceder exclusividad sobre un color común como el amarillo podría limitar la comercialización de productos similares y afectar negativamente la competencia y a los consumidores.
La SIC deberá realizar un análisis detallado sobre la distintividad y el potencial de confusión de las solicitudes presentadas por ILC y ELC antes de decidir sobre el registro de estas marcas de color en la industria licorera.
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