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Comercial y de la empresa


Gómez Pinzón

Procedimiento para registrar y ejecutar garantías mobiliarias

24 de abril de 2020

Isabela Hoyos

Asociada de Lloreda Camacho & Co
Gómez Pinzón
Canal de noticias de Asuntos Legales

En el marco de la emergencia derivada del covid-19 es altamente probable que las empresas requieran acceder a mecanismos de financiación para obtener liquidez y afrontar las distintas obligaciones a su cargo.

En vista de lo anterior cobra especial relevancia la constitución de garantías mobiliarias reguladas en la ley 1676 de 2013, ya que es un mecanismo sencillo, de bajo costo y eficaz para garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las financiaciones.

¿Qué es una garantía mobiliaria?
Las garantías mobiliarias están definidas como toda operación que tenga como efecto garantizar una obligación con los bienes del deudor. Dentro de los bienes que pueden ser objeto de garantías mobiliarias se encuentran las acciones, derechos o contratos a los que las partes atribuyan valor económico y que no se encuentren excluidos por ley, activos circulantes de la sociedad que se mencionan en la ley 1676 de 2013, e incluso parte o la totalidad de los bienes del garante, ya sean estos presentes o futuros, corporales o incorporales.

¿Cómo se registra una garantía mobiliaria?
Una vez las partes han suscrito un contrato de garantía mobiliaria, por escrito y con los elementos mínimos establecidos en el artículo 14 de la ley 1676 de 2013, se debe hacer el registro, el cual da un valor especial a la garantía mobiliaria, consistente en la oponibilidad y la prelación sobre los demás acreedores respecto a los bienes objeto de la garantía.

El procedimiento para registrar la garantía mobiliaria se realiza a través de la página web del Registro de Garantías Mobiliarias, así: (i) el acreedor debe crear un usuario en la página web, donde debe suministrar información general y adjuntar los soportes de dicha información; (ii) el acreedor debe prepagar el servicio a través del menú de administración, la inscripción inicial de una garantía inmobiliaria tiene un valor aproximado de $60.000, y (iii) se debe diligenciar la información requerida para la inscripción inicial que se encuentra en el contrato de garantía mobiliaria, a saber, datos del acreedor, datos del deudor, monto máximo de la garantía, duración de la garantía y descripción de los bienes dados en garantía. Al completar lo anterior, en el sitio web se expide un certificado de inscripción inicial.

¿Cómo se ejecuta una garantía mobiliaria?
Al ejecutar la garantía mobiliaria registrada, el acreedor debe: (i) diligenciar el Formulario de Ejecución disponible en la página web antes mencionada, para lo cual se debe ingresar el número de folio de inscripción otorgado al momento de la inscripción inicial.

El formulario debe contener la descripción del incumplimiento de la obligación garantizada y el método de ejecución, el cual puede ser: judicial, especial (requiere pacto expreso) y/o por pago directo con los bienes dados en garantía (requiere pacto expreso).

Asimismo, debe adjuntarse el contrato de garantía mobiliaria; (ii) dentro de los 30 días calendario siguientes a la radicación del formulario en la página web, indicar cuál entidad llevará acabo la ejecución de la garantía; y (iii) una vez ejecutada la garantía, el acreedor debe inscribir la terminación de la ejecución ante el Registro de Garantías Mobiliarias.

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