El financiamiento bajo la modalidad de créditos rotativos permite al deudor contar con disponibilidad de fondos según un cupo determinado, el cual se libera nuevamente contra los abonos a capital efectuados. La oferta de este tipo de créditos existe en cabeza de entidades financieras locales y extranjeras.
Las operaciones de crédito rotativo externo entre un residente colombiano y un no residente (CRE) consisten en operaciones de obligatoria canalización, frente a las cuales el Banco de la República (BR) ya ha aclarado que no tienen un tratamiento cambiario especial. No obstante, en la práctica el registro cambiario presenta dificultades para su implementación. Por estas razones, es necesario exponer las herramientas actuales que tienen los residentes para cumplir con la normativa cambiaria en los CRE e identificar los escenarios frente a los cuales presentará dificultades:
¿Cómo se efectúa el registro inicial?
Si el deudor es el residente colombiano, se registra el CRE con la presentación del formulario n.º 6 Información de endeudamiento externo otorgado a residentes, o en caso de que el acreedor sea el residente, con el formulario n.º 7 Información de endeudamiento externo otorgado a no residentes. Como excepción a la regla general, el régimen cambiario dispone que no habrá obligatoriedad de reporte de los créditos externos que obtengan los residentes por el uso de tarjetas de crédito.
¿Cómo reportar los desembolsos, pagos y excepciones a la canalización?
Para canalizar los desembolsos y pagos en divisas asociados con un CRE, el residente debe suministrar la declaración de Información de los datos mínimos de las operaciones de cambio por endeudamiento externo, indicando el número de identificación del crédito asignado por el IMC en el registro inicial. Las comisiones bancarias o cualquier otra excepción a la canalización podrán ser reportadas mediante la declaración de Información de los datos mínimos de excepciones a la canalización.
¿Qué dificultades presentan estos reportes?
El sistema estadístico del BR no cuenta con la capacidad de reflejar como disponible los cupos de crédito que han sido liberados por medio de abonos a capital del crédito. Por lo anterior, al haber desembolsado y pagado el cupo total de un préstamo, no podrá trasmitirse un nuevo desembolso bajo el mismo crédito registrado, pues esta suma se considerará como un exceso del monto registrado. Para resolver esto, el BR ha recomendado registrar un nuevo crédito externo por cada desembolso, y así “el monto contratado del crédito corresponderá al monto informado en cada desembolso”. Tal recomendación distanciaría la realidad contractual de la cambiaria en la medida que (i) significa que se han celebrado una pluralidad de préstamos cuando todos corresponden a una única operación; (ii) desconoce la diferencia entre el monto contratado (el cupo) y lo efectivamente solicitado en cada desembolso; y (iii) genera dificultades operativas para el residente, que tendrá varios registros con base en los cuales deberá reportar los desembolsos, abonos a capital y pagos de intereses para un mismo crédito. Incluso si se modificara el registro anterior para ampliar el valor contratado, se mantendría la distorsión sobre la realidad de la operación.
Otras dificultades surgirán en presencia de un CRE con deudores solidarios, debido a que el régimen cambiario dispone que se deberá efectuar el registro de uno de los partícipes o del deudor principal, e instruye que se deberá modificar el reporte cambiario cada vez que los deudores no registrados deban recibir desembolsos o efectuar pagos. Esto, además de ser operativamente ineficiente, implica que el historial de desembolsos y pagos quedará siempre en cabeza de un solo deudor cuando en realidad el CRE está en cabeza de ambos.
Presentadas estas dificultades, aunque parecería que el tratamiento cambiario regula la modalidad de CRE en aras de hacer debido seguimiento y control de las divisas que entran y salen del país, el sistema actual del BR todavía tiene como reto adecuarse a la realidad fáctica de esta modalidad de endeudamiento, que actualmente genera dificultades y cargas administrativas innecesarias en la práctica.
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