Edictos y Avisos Legales
EDICTO
JUZGADO QUINTO DE FAMILIA
Bogotá, D.C., veintinueve de agosto de dos mil veinticuatro
Ref. Verbal, 11001 31 10 005 2024 00228 00
Para los fines pertinentes legales, téngase subsanada en debida forma la
demanda. Y como se satisfacen las exigencias de los artículos 82 y ss. del
c.g.p., y aquellos otros contemplados en el artículo 368, ib., el Juzgado,
Resuelve:
1. Admitir la demanda verbal de declaración de existencia de unión marital de hecho y consecuente sociedad patrimonial promovida por Astrid Valencia Rico contra Milton Mauricio Sarmiento Arroyo, Luz Yadira Sarmiento Arroyo, Edna Liliana Sarmiento Arroyo, Omar Leonardo Sarmiento Arroyo y Luz Amanda Sarmiento Clavijo, en su condición de herederos determinados del causante Orlando Alfonso Sarmiento Forero (q.e.p.d.), así como contra los herederos indeterminados del fallecido.
2. Imprimir a la acción el trámite establecido en los artículos 368 y ss. del c.g.p.
3. Notificar personalmente este auto al extremo demandado, acorde con las previsiones de los artículos 290 y ss. del c.g.p., o aquella prevista en la ley 2213 de 2022, y hágasele saber que cuenta con el término de veinte (20) días para contestar la demanda y formular los medios de defensa que considere pertinentes (art. 369, ib.).
4. Emplazar a los herederos indeterminados del causante Orlando Alfonso Sarmiento Forero (q.e.p.d.), cuyo acto procesal deberá efectuarse en la forma establecida en el artículo 108 del c.g.p. Secretaría proceda a la inclusión en el Registro Nacional de Personas Emplazadas (Ley 2213/22, art. 10°).
5. Ordenar a la parte demandante, previamente a disponer lo que en derecho corresponda en torno al decreto de las medidas cautelares solicitadas, se informe la cuantía de los bienes y prestar caución por suma equivalente al 20% de su valor (c.g.p., art. 590).
6. Reconocer a Alexandra Patricia Torres Herrera para actuar como apoderada judicial de la demandante, en los términos y para los efectos del poder conferido.
Notifíquese (2),
JESUS ARMANDO RODRIGUEZ VASQUEZ
JUEZ
Rdo. 11001 31 10 005 2024 00228 00
Firmado Por:
Jesus Armando Rodriguez Velasquez
Juez
Juzgado De Circuito
Familia 005 Oral
Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.,
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