Edictos y Avisos Legales
RESOLUCION
Curaduría Urbana No. 2 de Girón
CURADURIA URBANA No. 2 DE GIRON Arq. CLAUDIO FERNANDO GARCIA REY
RESOLUCION No. AACU2G- 0571 28 10 2024
RAD.: N° 683072240270 DEL 06 DE AGOSTO DE 2024
POR LA CUAL SE CONCEDE EL ACTO DE RECONOCIMIENTO DE LA EXISTENCIA DE UNA EDIFICACION EN SUELO URBANO
RESUELVE:
PRIMERO: CONCEDER EL RECONOCIMIENTO DE LA EXISTENCIA DE UNA EDIFICACIÓN para uso RESIDENCIAL a ABELARDO SUAREZ CARDENAS, identificado con cédula de ciudadanía N° 91.472.999, en su calidad de propietario del predio con nomenclatura CL 54 A NUMERO 23 A-4 LT 1 del municipio de San Juan de Girón, identificado con el número predial 683070102000001100013000000000,, matrícula inmobiliaria N° 300-218632.
SEGUNDO: AUTORIZAR LA SIGUIENTE DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO: RECONOCIMIENTO DE LA EXISTENCIA DE UNA EDIFICACIÓN en suelo urbano, con un área construida de 84,55 m2, en un lote con un área de 54,00 m2, para Una (1) unidad de vivienda en Dos (2) pisos con cubierta inclinada. PRIMER PISO: AREA CONSTRUIDA DE 51,93 m2. AREA LIBRE DE 2,07 m2. SEGUNDO PISO: AREA CONSTRUIDA DE 32,62 m2, AREA LIBRE DE 23,94 m2. TOTAL, AREA CONSTRUIDA DE 84,55 m2. TOTAL, AREA LIBRE DE 26,01 m2.
TERCERO: ADVERTIR el presente reconocimiento producirá los mismos efectos de una licencia de construcción, de conformidad a lo establecido en el artículo 2.2.6.4.2.6 del Decreto 1077 de 2015: "La expedición del acto de reconocimiento de la edificación causará los mismos gravámenes existentes para la licencia de construcción y tendrá los mismos efectos legales de una licencia de construcción.-- PARÁGRAFO 1.-- Para efectos de la declaratoria de elegibilidad de los planes de vivienda de interés social en la modalidad de mejoramiento, de que trata el presente decreto en materia de subsidio familiar de vivienda, el acto de reconocimiento hará las veces de licencia de construcción.". CUARTO: INFORMAR al titular de la solicitud que, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 2.2.6.4.1.2. Del Decreto 1077 de 2015, no debe ocupar total o parcialmente el espacio público, toda vez que dicha disposición es indispensable para otorgar la aprobación del Reconocimiento presentado. QUINTO: NOTIFICAR, personalmente el contenido de la presente Resolución al solicitante y a cualquier persona o autoridad que se haya hecho parte dentro del proceso licenciamiento, en los términos previstos en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, de conformidad al art 2.2.6.1.2.3.7 del decreto 1077 del 2015.
SEXTO: APROBAR el juego de planos arquitectónicos, plano estructural y peritaje estructural de la construcción y demás documentos que hacen parte integral de la presente resolución, se entregaran una vez ejecutoriada la presente resolución.
SEPTIMO: INFORMAR que de conformidad al artículo 2.2.6.4.2.6 del decreto 1077 del 2015, el presente acto de reconocimiento de edificación causará los mismos gravámenes existentes para la licencia de construcción y tendrá los mismos efectos legales que una licencia de construcción.
OCTAVO: Contra la presente resolución proceden los recursos de reposición ante el suscrito Curador Urbano N°2 de Girón y en subsidio de apelación ante la secretaria de Ordenamiento Territorial del Municipio de Girón o en su defecto el alcalde, según los criterios de competencia que se hayan fijado en el municipio de Girón, dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de ésta.
Expedida en Girón, a los 28 OCT 2024
Notifíquese, Publíquese y Cúmplase.
ARQ. CLAUDIO FERNANDO GARCIA REY Curador Urbano N° 2 Girón
¿Quiere publicar su edicto en línea?
Contáctenos vía WhatsApp