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Marcas

Jägermeister se opuso al registro de la marca Gutti & Gonza ante la Superindustria

La licorera manifestó que la marca solicitada, al tener una cabeza de ciervo como su marca, podría inducir al error a los consumidores

14 de octubre de 2021

Diego Andrés Stacey Salazar

dstacey@larepublica.com.co

Colprensa
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Ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) se presentó Gonzalo Moreno para solicitar la marca Gutti & Gonza (mixta), con el fin de distinguir productos comprendidos en la clase 25 de la Clasificación de Niza, que denota prendas de vestir y calzado.

A la solicitud, la empresa Mast-Jägermeister SE presentó oposición con fundamento en la causal de irregistrabilidad contenida en el literal a) del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.

El signo solicitado está compuesto por una cabeza de venado y el nombre de la marca. Según Jägermeister, el elemento gráfico es el predominante y esto lo haría “extremadamente” similar a su signo estrella.

“Es importante señalar que la gráfica de la marca Gutti & Gonza consiste en la cabeza del venado y no en el cuerpo del animal, copiando el mismo concepto que contienen las marcas registradas a nombre de Mast-Jägermeister SE”, argumentó la empresa.

Para la opositora, el uso de un diseño similar haría que el consumidor no pudiera diferenciar las marcas y caer en el error.

Dentro del término concedido, Gonzalo Moreno dio respuesta alegando que, contrario a lo que dice la opositora, su marca solicitada posee 50% de parte gráfica y 50% de parte nominativa.

Además, aseguró que las imágenes no son similares. “Observamos que los tipos de (cérvidos) ciervos o venados en sus características y rasgos son diferentes, su cuello y sus astas son totalmente desiguales”, concluyó Moreno.

LOS CONTRASTES

  • Eduardo GuzmánAbogado de Seneor Lawyers

    “La marca figurativa opositora tiene elementos como un ciervo y una cruz, los cuales no aparecen en la marca solicitada. Por esto, se reduce de manera considerable el riesgo de confusión”.

En su análisis, la Dirección de la Superindustria determinó que, aunque las marcas enfrentadas presentan ciertas similitudes en su parte gráfica, coincidiendo en la cabeza de un ciervo, el elemento nominativo de la solicitada hace que se dé una “impresión totalmente diferente en el consumidor”.

El organismo encontró que la ilustración de una cabeza de ciervo es de carácter débil, por lo que el opositor no puede oponerse a terceros que solo contengan dicha figura y reclamar exclusividad sobre ella. Esto, porque en la clase 25 hay numerosos registros marcarios que cuentan con tal imagen sin que exista riesgo de confusión.

Por lo tanto, la SIC resolvió otorgar el registro de la marca a Gonzalo Moreno y declarar infundada la oposición.

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