Superintendencia de Industria y Comercio decidió conceder el registro de la marca Pink Cosméticos y Fantasía, tras no ver riesgo
02 de agosto de 2024Signo Opositor
Signo Solicitante
Luis Eduardo Giraldo Ramírez se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar la marca Pink Cosméticos y Fantasía para distinguir productos de las clases 3 de la Clasificación Internacional de Niza, los cuales corresponden a cosméticos.
Luego de la solicitud, Blush-Bar S.A.S presentó oposición ante la clase en cuestión con fundamento en el literal a) del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.
La parte opositora argumentó que la marca en cuestión es una marca mixta, donde la palabra “Pink” es el elemento más destacado del conjunto, representando aproximadamente el 90% de la marca y teniendo un tamaño notablemente mayor.
Por su parte, la parte solicitante respondió que “se puede observar claramente que no se cumplen todos los criterios de similitud entre la marca solicitada y las marcas Pink Cyber Blush Bar, las cuales, cabe destacar, aún están en proceso de registro y se encuentran en estado de “Bajo Examen de Fondo”. Por lo tanto, no existe riesgo de confusión para los consumidores”.
La SIC realizó un análisis en el que dijo que “esta dirección advierte que no son similarmente confundibles, en atención a que, pese a que el signo solicitado comparte uno de los elementos configurativos de los signos opositores, también contiene elementos propios y claramente diferenciables respecto de estos últimos. Así las cosas, si bien se reconoce la importancia de los elementos gráficos que le asiste a los signos en conflicto, lo cierto es que el elemento denominativo es el que predomina en los signos”.
La Superintendencia de Industria y Comercio decidió conceder el registro de la marca Pink Cosméticos y Fantasía.
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