La Superintendencia de Industria y Comercio decidió conceder el registro de la marca Tomorrow LIT, tras no encontrar riesgo de confusión
02 de septiembre de 2024Signo Opositor
Signo Solicitante
La Fábrica de Licores y Alcoholes de Antioquia se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar la marca Tomorrow LIT para distinguir productos de las clases 32 de la Clasificación Internacional de Niza, los cuales hacen referencia a bebidas energéticas para deportistas.
Luego de la solicitud, Matías Maya Calad presentó oposición ante la clase en cuestión con fundamento en el literal a) del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.
La parte opositora argumentó que “la marca solicitada para registro es una marca nominativa, la cual se compone por la expresión Tomorrow LIT, es importante mencionar que esta marca no cuenta con logo, siendo esto un factor muy importante ante la primera impresión de la marca por parte de un consumidor, y adicionalmente a diferencia de la marca previamente solicitada, que ya se encuentra en una etapa más avanzada del proceso de registro, pues está en examen de fondo, y no recibió oposiciones, LIT que si cuenta con logo; por lo tanto, la marca solicitada no cuenta con elementos gráficos, ni con suficientes elementos ortográficos o fonéticos o tipográficos fuertes que le permitan diferenciarse de la marca LIT”.
La marca solicitante dijo que “ortográficamente, la marca Tomorrow LIT se compone de dos palabras que, sumando las sílabas, llegan a cuatro sílabas to-mo-rrow-LIT, a diferencia de la marca previamente solicitada para registro por el opositor LIT, no comparten sílabas ni tampoco las mismas vocales. Se trata de dos expresiones con cadenas vocálicas y consonánticas diferentes”.
La Superintendencia de Industria y Comercio dijo que “dado que no existe similitud o identidad entre los signos confrontados capaz de generar riesgo de confusión o asociación, no viene al caso pronunciarnos sobre la relación entre los productos y/o servicios identificados por los mismos, en la medida en que el no cumplimiento de uno de los supuestos de hecho hace que el signo sea registrable. Visto el Registro Nacional de Propiedad Industrial, no se encontraron impedimentos para acceder a la protección solicitada.”
Teniendo en cuenta los argumentos de ambas partes, la Superintendencia de Industria y Comercio decidió conceder el registro de la marca Tomorrow LIT, tras no encontrar riesgo de confusión para el consumidor.
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