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Marcas

Panda Express frenó el registro de la marca Panda Panda ante la Superintendencia

Panda Restaurant Group argumentó que las similitudes ortográficas, visuales y fonéticas entre las marcas pueden generar confusión.

26 de abril de 2022

Nicolás Escobar Escobar

nescobar@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

FoodTech Group S.A.S. se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar la marca Panda Panda (Mixta) para distinguir servicios comprendidos en la clase 39 de la Clasificación Internacional de Niza, que denota servicios de reparto de comidas prestados por restaurantes.

Panda Restaurant Group Inc. presentó oposición argumentando que el signo solicitado es similarmente confundible con su familia de marcas, Panda, que incluye a Panda Express.

Teniendo esto en cuenta, la empresa opositora señaló que ambas marcas tienen semejanzas visuales, ortográficas, ideológicas y fonéticas que pueden generar confusión en los consumidores, que podrían creer que las dos comparten un mismo origen empresarial.

“Desde el punto de vista ortográfico, las semejanzas son evidentes. Se trata de marcas idénticas, pero que en el caso de la marca solicitada simplemente se encuentra repetida. Es decir, la marca solicitada reproduce idénticamente y dos veces el elemento más distintivo de las marcas opositoras”, dijo la opositora.

Dentro del término concedido, FoodTech Group S.A.S. dio respuesta a la oposición argumentando que los signos registrados no comparten conexidad competitiva, por lo que no se puede asumir que su coexistencia supone un riesgo de confusión para el consumidor. Esto, porque una empresa operaría como repartidora de comidas y la otra como restaurante de comida típica de China.

Por otra parte, agregó que la palabra “panda” es de uso genérico, por lo que se deben tener en cuenta todos los componentes del signo, y no solo los criterios ortográficos, fonéticos y de reproducción de palabras.

Luego de su análisis, la SIC determinó que los signos analizados son similarmente confundibles, puesto que, si se observan en conjunto, se concluye que son conceptual, ortográfica y fonéticamente similares, ya que la marca solicitada reproduce la parte relevante de los signos previamente registrados por la empresa Panda Restaurant Group Inc.

“De llegar a coexistir los signos en el mercado se generaría la misma percepción conceptual en la mente del consumidor, es decir, que evocará la misma idea”, manifestó la Superintendencia.

LOS CONTRASTES

  • Luis Fernando PatrónAbogado en Cárdenas Vega

    “Los signos son similares; además, los servicios que identifican son conexos, pues los restaurantes están altamente relacionados con los servicios de transporte”.

Por las razones expuestas, la SIC declaró fundada la oposición presentada por Panda Restaurant Group Inc. y negó el registro de la marca Panda Panda (Mixta) en la clase 39 de la Clasificación Internacional de Niza.

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