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Judicial

"Acaparar en época de crisis solo se sanciona si supera la suma de $40 millones"

Alejandro Mejía de Cáez Muñoz Mejía Abogados dijo que hay mucho camino por recorrer para judicializar el acaparamiento

04 de abril de 2020

Ximena González


Canal de noticias de Asuntos Legales

El actuar del ser humano ha hecho que se penalicen conductas tales como el acaparamiento y la especulación. Sin embargo, ante la actual crisis que vive el país por cuenta del Covid-19 surge la inquietud sobre quién debería ser sancionado por cometer este delito.

Precisamente, durante el primer webinar denominado “Delitos en tiempos de Covid-19”, organizado por Asuntos Legales, Alejandro Mejía, socio del área de Derecho Penal de Cáez Muñoz Mejía Abogados, señaló que hay mucho camino por recorrer para judicializar ese tipo de comportamientos. “Un ciudadano de a pie no comete esa clase de delitos”, dijo.

Por su parte, Francisco Bernate, presidente del Colegio de Abogados Penalistas, dijo que se está hablando de delitos que existen en el Código Penal, pero que no se pueden aplicar. “En conclusión, estos dos delitos no se pueden cometer en Colombia. Nuestro Código sólo sanciona el acaparamiento cuando se exceden $40 millones, además hay que tener en cuenta que el acaparamiento y la especulación recaen en los bienes de primera necesidad”.

Otro de los temas que se trató durante el foro fue la violación de las medidas de acuartelamiento. Frente al tema, Bernate manifestó que “salir de nuestra casa es una falta administrativa, pero cuando hacemos parte de un grupo que no puede salir pues pone en peligro a los demás, se comete el delito de violación de medida sanitaria”.

Por otro lado, los ponentes se refirieron a los aspectos laborales y qué puede considerarse delito. En ese sentido, Mejía indicó que “el Código Penal no tiene sanciones previstas para los despidos colectivos o la suspensión de contratos de trabajo o todo ese tipo de situaciones a las que se están viendo abocadas las empresas por la crisis”.

Por ello, el abogado aclaró que es importante que no se crea que las medidas que están tomando las compañías tienen relación con la comisión de un delito en particular contra la violación del trabajo.

Frente a los delitos informáticos que se pueden cometer en la red ante esta coyuntura, el presidente del Colegio de Abogados Penalistas manifestó que “en general, los empresarios deben tomar todas las medidas de cautela frente al uso de los equipos y servidores de la compañía. Todas las empresas deben tener claras las reglas de uso de los equipos y cuentas de correos corporativos”.

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