Banco de la República deberá pagar $1.044 millones a aseguradoras por caso Upac
La situación fue definida por un Tribunal de Arbitramento en noviembre de 2012, que estimó que las aseguradoras no debían cubrir la responsabilidad del Emisor por su función de reglamentación, sino solo de servicios bancarios, lo que no aplicaba en el caso del Upac. Además, se condenó al banco para que asumiera el 65% de los gastos del proceso, por lo que pidió la nulidad del fallo arbitral ante el Consejo de Estado.
La Sección Tercera, Subsección C, negó la nulidad del fallo, pues consideró que lo que el Banco pretendía era controvertir su inconformidad con el monto de la condena, lo cual no es procedente dentro del recurso de anulación.
La Sala explicó que el recurso de anulación de un laudo tiene causales que están expresamente definidas en la ley y que solo procede por vicios en su procedimiento, pero no por inconformidades con el juzgamiento del caso.
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