Claro recibe multa de la SIC por "vulnerar el derecho de libre elección de sus usuarios"
La multa, "por trabas en la cancelación de los servicios", asciende a $983.139.360, equivalentes a 1.120 salarios mínimos legales
28 de octubre de 2020La Superintendencia de Industria y Comercio le impuso a la empresa de telecomunicaciones Claro una multa de $983.139.360, equivalentes a 1.120 salarios mínimos legales mensuales vigentes, por “vulnerar el derecho de libre elección de sus usuarios para terminar su contrato, al no dar cumplimiento a las solicitudes de terminación de contratos en el término establecido por la ley, y por remitir información inexacta sobre la presentación de quejas de sus usuarios ante la imposibilidad de terminación del contrato y cambio de modalidad de pospago a prepago”.
Sin embargo, la empresa afirmó a través de un comunicado que todavía no ha sido notificado de manera formal y que no tiene más información sobre los argumentos que llevaron a la entidad a imponer tal sanción.
La Superintendencia inició la investigación a partir de 33 quejas de usuarios, junto con la información reportada por la compañía como respuesta a los requerimientos efectuados por esta Autoridad.
El ente regulador indicó que Claro “no realizó la terminación del servicio en 3.416 casos dentro del ciclo de facturación correspondiente”.
Adicionalmente, comprobó que la empresa “omitió tramitar solicitudes de terminación recibidas a través de la línea de atención telefónica, exigiendo a sus clientes un horario de atención diferente al establecido en la ley y, en otros casos, se exigieron requisitos adicionales para el trámite de la solicitud de terminación del contrato, e incluso se generó el cobro de facturas posteriores a la solicitud de terminación del contrato por parte de los clientes”.
Según indica la SIC, Claro presentó información inexacta sobre las reclamaciones, pues informó a esta autoridad que durante el primer semestre del año 2018 recibió un total de 4.611 quejas relacionadas con la imposibilidad de terminación del contrato y cambio de modalidad de pospago a prepago en los servicios móviles, mientras que a Mintic le reportó 28.060 casos durante el mismo periodo.
Contra la anterior decisión proceden los recursos de reposición y apelación.
Frente a este anuncio de la SIC, Claro Colombia manifestó que "no ha sido notificado formalmente de la resolución emitida por la Superintendencia de Industria y Comercio", y que "no tiene más información sobre los argumentos que llevaron a la SIC a imponer la sanción más que la dada por medio del comunicado de prensa de la autoridad".
"En cuanto conozcamos la Resolución que impone la sanción, analizaremos cuidadosamente los motivos esgrimidos por la SIC e interpondremos los correspondientes recursos de ley en defensa de los intereses de la compañía", dijeron en un comunicado.
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