Colombia elimina estereotipos de belleza
La Gobernación de Antioquia, mediante el Decreto 1888 del 3 de agosto de 2012 prohibió los desfiles de moda, concursos, reinados de belleza y toda clase de eventos que resalten o premien los atributos físicos de las niñas y adolescentes que cursan sus estudios en los establecimientos educativos oficiales de los municipios no certificados del departamento.
De esta manera, las instituciones educativas, deben dar un mensaje pedagógico, sobre el desarrollo del talento y de las capacidades de las personas y no convertir a las mujeres en objetos de belleza, sino en sujetos de derechos. Entre las justificaciones está la obligación del Estado de proteger a las niñas y adolescentes de la discriminación, la violencia física o moral, además de garantizarles el desarrollo integral y el ejercicio de los derechos consagrados en la Constitución. De igual manera, establece que en lugar de resaltar o premiar los atributos físicos de las colegialas, las instituciones educativas deben fomentar actividades que resalten sus talentos, las capacidades, las habilidades deportivas, intelectuales y artísticas.
Celebramos la medida, porque consideramos que ayuda a eliminar estilos de vida como la bulimia y la anorexia, cuestionando el modelo como se diseñan las sociedades, teniendo presente solo los estándares de una persona considerada “bella”, que excluye a otras, desconociendo el reconocimiento de la diversidad humana. En este sentido, muchas niñas de Colombia crecen con el paradigma de ser reinas de belleza, expuestas como están a los muchos certámenes de este tipo que hay por todo el país, cuyas ganadoras suelen ser tratadas como una especie de realeza criolla a las que se les suelen abrir muchas puertas solo por haber nacido aparentemente “bellas”. Sin embargo a través de los años, la belleza ha perdido la ingenuidad de los concursos iniciales de niñas consideradas bien dotadas por la naturaleza, así muchas jovencitas recurren a una cirugía para clasificar en el estándar de “belleza”, con frecuencia vulgar, que nos ha sido impuesto por diversos factores. De esta manera, debemos recordar que el reconocimiento de los derechos de la mujer, ha sido la lucha más larga y silenciosa de la historia, contra prejuicios y usos sociales arraigados que redundan en la discriminación de género. En este sentido, la Corte Constitucional, en la Sentencia T-098 de 1994, hace un recuento de los hitos de la emancipación de la mujer colombiana, que hasta 1932 se la consideró incapaz, que se le concedió la calidad de ciudadana en 1945, pero tan sólo tuvo derecho al voto hasta 1957, en 1981 se reconoció legalmente su igualdad con el hombre y hasta 1988 se suprimió el artículo (de) en la cédula de las mujeres, que señalaba su pertenencia al marido.
Con la Ley 51 de 1981, Colombia adoptó la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Ley 248 de 1995, adoptó la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer. Por su parte, la Ley 1257 de 2008, consagra como objeto, la adopción de normas que permitan garantizar a todas las mujeres una vida libre de violencia y la adopción de las políticas públicas necesarias para su realización. Ahora la historia podrá escribir, que en el año 2012, en Colombia se empezó a prohibir la discriminación de la mujer sometiéndola a exámenes públicos sobre sus atributos físicos, eliminando el paradigma de ser reinas de belleza, garantizando la diversidad humana de la mujer, prescindiendo los estereotipos de “belleza”.
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