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Judicial

Comisión Europea sancionó ocho fabricantes de condensadores por cartelización

Las compañías sostuvieron varias reuniones multilaterales en las cuales hicieron estos acuerdos.

21 de marzo de 2018

Ximena González


Carriages for the Class 800 Super Express passenger railway trains being made for the Intercity Express Programme stand at Hitachi Rail Europe Ltd.'s railway train vehicle manufacturing facility in Newton Aycliffe, U.K., on Thursday, March 9, 2017. Hitachi Ltd. is aiming to expand its rail business in the U.S. by bidding for street and light rail projects as President Donald Trump urges the need to upgrade transportation across the country and spend as much as $1 trillion. Photographer: Matthew Lloyd/Bloomberg
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Según lo dio a conocer el Grupo de Estudios Económicos de Superintendencia de Industria y Comercio, la Comisión Europea (CE) sancionó a ocho fabricantes japoneses de condensadores electrolíticos de tántalo y aluminio por cartelización empresarial, práctica anticompetitiva que se llevó a cabo entre 1998 y 2012.

De acuerdo con la investigación realizada, las compañías sostuvieron varias reuniones multilaterales en las cuales acordaron contactos bilaterales o trilaterales con el fin de intercambiar información comercial sensible.

"La investigación permitió constatar que las empresas cartelizadas eran
conscientes del carácter anticompetitivo del acuerdo, prueba de ello, los correos internos entre empresas, los cuales contenían los resúmenes de las reuniones, mencionaban que debían ser destruidos luego de haber sido leídos y no debían ser guardados por ningún motivo", señaló el comunicado emitido por el Grupo de Estudios Económicos de la SIC.

Así mismo, la comunicación señaló que, las sanciones impuestas consideran como línea base las directrices de la CE para el cálculo de las sanciones, establecidas en el 2006. Sumado a ello, con el fin de fijar el monto de las mismas, la CE consideró, en particular, las ventas realizadas por las empresas en el Espacio Económico Europeo, la gravedad de la infracción, su alcance geográfico y su duración. Así las cosas, en virtud de lo anterior, el monto de las sanciones no excede 10% de las ventas mundiales anuales de cada una de las empresas.

Hitachi Chemical Electronics Co., Ltd. y Hitachi Chemical Co.,Ltd. deberán pagar una sanción de 18 millones de euros; Rubycon Corporation y
Rubycon Holdings Co.,Ltd., 28 millones de euros; Elna Co., Ltd, más de 18 millones de euros; Tokin Corporation y NEC Corporation más de 16 millones de euros; Matsuo Electric Co., Ltd, deberá pagar de sanción 824.000 euros; Nichicon Corporation más de 72,9 millones de euros; Nippon Chemi-Con Corporation 97,9 millones de euros; y Vishay Polytech Co.,Ltd., Holy Stone Holdings Co., Ltd. y Holy Stone Enterprise Co., Ltd. 782.000 millones de euros.

Por otro lado, teniendo en cuenta el programa de clemencia, Sanyo Electric Co., Ltd. y su casa matriz Panasonic Corporation fueron eximidas de la totalidad de la sanción (32,3 millones de euros) por haber revelado la existencia del cartel empresarial.

Mientras que, Hitachi Chemical, Rubycon y NEC Tokin se beneficiaron de una reducción en el monto de la sanción por su cooperación durante la investigación.

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