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Consultorio Civil
05 de mayo de 2013
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¿Existe viabilidad jurídica para que Confamiliar Huila suministre almuerzos diarios a la población escolar?
Dentro de los servicios que por ley pueden prestar las Cajas de Compensación Familiar, se encuentran el de nutrición y el de mercadeo, los cuales pueden ser desarrollados a través de las diferentes obras y programas sociales. La experiencia de las Cajas de Compensación Familiar, en el país ha sido exitosa, dada la responsabilidad social y la experiencia. Además de esta enumeración que trae la Ley 21 de 1982, la Ley 789 de 2002, amplió el radio de acción de las Cajas de Compensación Familiar, facultándolas para desarrollar programa de Atención Integral a la Niñez, Jornada Escolar Complementaria, Adulto Mayor, Discapacitados, pueden así mismo invertir en riesgos profesionales y pensiones, otorgar subsidios para el fomento al empleo y protección al desempleo. Como puede observarse, el radio de acción de las Cajas de Compensación es amplio, siempre y cuando se enmarquen dentro de la política de seguridad social, no solamente para los afiliados, sino para la comunidad en general. Ahora bien, la Caja de Compensación Familiar del Huila, cuenta con colegio, supermercados, centro recreacionales y restaurantes para atender a su población afiliada y no afiliada a través de los programas de atención integral y jornada escolar complementaria y del Colegio Comfamilar Huila. Como experiencia y de acuerdo con los reportes de la Corporación, en el año anterior se entregaron 1.200 almuerzos escolares diarios, en el Colegio Comfamiliar.
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