Contraloría recuerda a servidores públicos prohibiciones en elección
En la circular, el organismo de control advierte que realizará un seguimiento riguroso a la ejecución presupuestal de las entidades públicas en esta época preelectoral para verificar el cumplimiento efectivo de la Ley de Garantías Electorales en cuanto a contratación, ejecución presupuestal y posible favorecimiento a campañas políticas.
En ese sentido la Contraloría señala que “ejercerá especial vigilancia sobre los recursos públicos” destinados a los comicios del próximo 25 de octubre y que ascienden a $474.000 millones representados en el costo de las consultas internas de los partidos y movimientos políticos y la elección de autoridades locales.
Prohibiciones vigentes
Para darle cumplimiento a las acciones acordadas en la Comisión Nacional de Coordinación y Seguimiento del Proceso Electoral, la Contraloría General recordó a los servidores públicos las prohibiciones establecidas la Ley 996 de 2005, y que constituyen falta gravísima, entre ellas:
- Acosar, presionar o determinar, en cualquier forma a subalternos para que respalden alguna causa, campaña o controversia política.
- Favorecer con promociones, bonificaciones o ascensos indebidos a quienes dentro de la entidad a su cargo participan en su misma causa o campaña política.
- Ofrecer algún tipo de beneficio directo, particular, inmediato e indebido para los ciudadanos o para las comunidades, mediante obras o actuaciones de la administración pública con el objeto de influir en la intención de voto.
En la misma circular, el organismo de control fiscal recordó las prohibiciones vigentes para Gobernadores y Alcaldes sobre celebración de convenios interadministrativos para la ejecución de recursos públicos dentro de los cuatro meses anteriores a las elecciones, así como la prohibición para el manejo de cupos presupuestales en el caso de diputados, concejales y miembros de Juntas Administradoras Locales, Municipales y Distritales.
Inhabilidad para contratar
Por otra parte, la Contraloría reiteró la inhabilidad legal que se aplica a quienes han financiado campañas políticas, tal como establece el artículo 2 de la Ley 1474 de 2011:
- Las personas que hayan financiado campañas políticas a la Presidencia de la República, a las Gobernaciones o a las Alcaldías con aportes superiores al 2.5% de las sumas máximas a invertir por los candidatos en las campañas electorales en cada circunscripción electoral, no podrán celebrar contratos con las entidades públicas, incluso descentralizadas del respectivo nivel administrativo para el cual fue elegido el candidato, inhabilidad que se extenderá por todo el período para el cual el candidato fue elegido.
Responsabilidades fiscales
Así mismo, el organismo de control fiscal recordó las responsabilidades fiscales que podrían derivarse, por ejemplo, cuando los ordenadores del gasto o cualquier otro funcionario contraigan a nombre de establecimientos oficiales obligaciones no autorizadas en la ley, o expidan giros para pagos de las mismas.
Medios para denunciar
Los siguientes son los medios que la Contraloría General de La República dispuso para recibir las denuncias relacionadas con irregularidades en el proceso electoral.
- La Unidad de Recepción Inmediata para la Transparencia Electoral -Uriel- del Ministerio del Interior, o ante la propia Contraloría General de la República.
- Línea Gratuita 01 8000 910060
- Línea fija PBX 6477000 extensión 1820
- Correo electrónico: control_ciudadano@contraloria.gov.co
- Sitio web www.contraloria.gov.co link denuncias
- Atención personalizada en la Carrera 9 No. 12-C-10, Sede Centro; y carrera 63 No. 14-97 Puente Aranda, de Bogotá.
- Las 32 Gerencias Departamentales de la CGR, ubicadas en las capitales del país.
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